/ sábado 26 de octubre de 2024

Lo que no nos define / Hacer historia perdiendo un país

Difícil es mantener una postura neutral respecto de los desequilibrios institucionales que hemos venido presentando en nuestro país en las últimas semanas.

La línea tradicional sobre la cual se inserta mi participación en este medio procura mantener una postura neutral y una perspectiva más amplia sobre las relaciones internacionales y los principales temas de la agenda mundial y de política pública nacional, con un profundo respeto a quien ostenta la toma de decisiones.

Sin embargo, en las presentes líneas me permito separarme de esa tónica para comentar varios aspectos que me preocupan, sin que sea esto una forma de generar más controversia adicional que se inserta en la tinta de los espacios de opinión.

Los intereses fundamentales de nuestro país han sido salvaguardados desde una perspectiva de intereses públicos fundamentales que, sin duda, han sido inclusive considerados en el artículo 7 de la ley de responsabilidades de servidores públicos.

A través de estos principios y otros consagrados en otros documentos clave, buscamos salvaguardar las instituciones democráticas, la promoción y protección de derechos humanos, el orden federal y la división de poderes; así como principios que son considerados como cláusulas pétreas en la propia carta fundamental. Si bien la teoría constitucional da por sentado que estos principios son inamovibles y tienen un núcleo protector progresivo, hoy en día nos encontramos ante la perspectiva de que los mismos puedan cambiarse sin que exista realmente un gran acuerdo social que lo fundamente, ya que el mandato de las urnas no es en este caso un mandato fundacional.

Distinta es la oferta electoral que se traduce en un plan de gobierno y en una agenda legislativa de la mayoría, que los acuerdos fundacionales de un constituyente permanente que precisamente “se constituye” para generar un nuevo acuerdo social. Y ahí es donde yo quiero distinguir entre la legitimidad de la mayoría absoluta, de la legitimidad de un mandato constituyente que habilite la apertura a cambios angulares, estructurales y constitutivos.

La deliberación democrática que se precisa para este último caso, debe ser reforzada a través de una motivación social completamente consciente, ampliamente debatida y con espacios de una clara transigencia hacia la conveniencia y convivencia del porvenir.

Dicen por ahí que las expectativas son las deudas del destino; y en este sentido, la expectativa de autocontrol no es buena consejera para acompañar proyectos mayoritarios.

No es lo mismo el rumbo que el punto de partida.

No es lo mismo afrontar los retos que tentar al destino.

No es lo mismo hacer historia que perder un país.



Difícil es mantener una postura neutral respecto de los desequilibrios institucionales que hemos venido presentando en nuestro país en las últimas semanas.

La línea tradicional sobre la cual se inserta mi participación en este medio procura mantener una postura neutral y una perspectiva más amplia sobre las relaciones internacionales y los principales temas de la agenda mundial y de política pública nacional, con un profundo respeto a quien ostenta la toma de decisiones.

Sin embargo, en las presentes líneas me permito separarme de esa tónica para comentar varios aspectos que me preocupan, sin que sea esto una forma de generar más controversia adicional que se inserta en la tinta de los espacios de opinión.

Los intereses fundamentales de nuestro país han sido salvaguardados desde una perspectiva de intereses públicos fundamentales que, sin duda, han sido inclusive considerados en el artículo 7 de la ley de responsabilidades de servidores públicos.

A través de estos principios y otros consagrados en otros documentos clave, buscamos salvaguardar las instituciones democráticas, la promoción y protección de derechos humanos, el orden federal y la división de poderes; así como principios que son considerados como cláusulas pétreas en la propia carta fundamental. Si bien la teoría constitucional da por sentado que estos principios son inamovibles y tienen un núcleo protector progresivo, hoy en día nos encontramos ante la perspectiva de que los mismos puedan cambiarse sin que exista realmente un gran acuerdo social que lo fundamente, ya que el mandato de las urnas no es en este caso un mandato fundacional.

Distinta es la oferta electoral que se traduce en un plan de gobierno y en una agenda legislativa de la mayoría, que los acuerdos fundacionales de un constituyente permanente que precisamente “se constituye” para generar un nuevo acuerdo social. Y ahí es donde yo quiero distinguir entre la legitimidad de la mayoría absoluta, de la legitimidad de un mandato constituyente que habilite la apertura a cambios angulares, estructurales y constitutivos.

La deliberación democrática que se precisa para este último caso, debe ser reforzada a través de una motivación social completamente consciente, ampliamente debatida y con espacios de una clara transigencia hacia la conveniencia y convivencia del porvenir.

Dicen por ahí que las expectativas son las deudas del destino; y en este sentido, la expectativa de autocontrol no es buena consejera para acompañar proyectos mayoritarios.

No es lo mismo el rumbo que el punto de partida.

No es lo mismo afrontar los retos que tentar al destino.

No es lo mismo hacer historia que perder un país.