/ jueves 8 de marzo de 2018

Profeco exhorta a proveedores a actualizar contratos de adhesión

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) dijo que es necesario actualizar los modelos de contratos de adhesión registrados en la institución, por lo que invitó a los proveedores a recibir asesoría sobre este tema.

En un comunicado la Profeco señaló que ello es necesario tras la reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor, que entró en vigor en enero pasado, y en la que se modificaron 28 artículos y se adicionaron tres más.

El titular de la procuraduría, Rogelio Cerda Pérez, añadió que en materia de contratos de adhesión, algunos de los cambios realizados fueron al Artículo 7, en el que se incorporó la obligación del proveedor por respetar e informar las restricciones aplicables en la comercialización de los bienes o servicios.

En el Artículo 7 Bis se indicó que el proveedor debe informar al consumidor el monto total a pagar por los bienes o productos, y el Artículo 10 señala que el proveedor no podrá aplicar cargos sin previo consentimiento del consumidor o que no devengan del mismo contrato.

De igual forma, el Artículo 56 amplió la manera en que puede hacerse la revocación del consentimiento en un contrato; por lo que ahora se podrá hacer, además de correo registrado, por correo certificado.

El Artículo 77 amplió la garantía de 60 a 90 días, mientras que el Artículo 81 amplió a 90 días el derecho del consumidor para solicitar la reparación o mantenimiento del producto cuando éste, previamente reparado, no haya quedado bien.

Finalmente, con la reforma al Artículo 92 se determinó que en caso de que el consumidor solicite la reposición del bien comercializado, el proveedor deberá entregarle un bien nuevo.

"Debido a estos cambios en la legislación es que se deben actualizar todos los modelos de contratos de adhesión registrados con anterioridad a la reforma", explicó la Profeco.

Añadió que actualmente la Dirección de Contratos de Adhesión, Registros y Autofinanciamiento proporcionan asesoría a los proveedores para la actualización de los modelos de contratos de adhesión.

Y en virtud de ello pone a la orden de los interesados solicitar información a la cuenta de correo electrónico gfuentesm@profeco.gob.mx.

Mientras que a efecto de informar las naturalezas de contratos de adhesión de registro obligatorio ante la Profeco, pone a disposición del público la dirección electrónica https://rcal.profeco.gob.mx/ContratosObligatorios.jsp.

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) dijo que es necesario actualizar los modelos de contratos de adhesión registrados en la institución, por lo que invitó a los proveedores a recibir asesoría sobre este tema.

En un comunicado la Profeco señaló que ello es necesario tras la reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor, que entró en vigor en enero pasado, y en la que se modificaron 28 artículos y se adicionaron tres más.

El titular de la procuraduría, Rogelio Cerda Pérez, añadió que en materia de contratos de adhesión, algunos de los cambios realizados fueron al Artículo 7, en el que se incorporó la obligación del proveedor por respetar e informar las restricciones aplicables en la comercialización de los bienes o servicios.

En el Artículo 7 Bis se indicó que el proveedor debe informar al consumidor el monto total a pagar por los bienes o productos, y el Artículo 10 señala que el proveedor no podrá aplicar cargos sin previo consentimiento del consumidor o que no devengan del mismo contrato.

De igual forma, el Artículo 56 amplió la manera en que puede hacerse la revocación del consentimiento en un contrato; por lo que ahora se podrá hacer, además de correo registrado, por correo certificado.

El Artículo 77 amplió la garantía de 60 a 90 días, mientras que el Artículo 81 amplió a 90 días el derecho del consumidor para solicitar la reparación o mantenimiento del producto cuando éste, previamente reparado, no haya quedado bien.

Finalmente, con la reforma al Artículo 92 se determinó que en caso de que el consumidor solicite la reposición del bien comercializado, el proveedor deberá entregarle un bien nuevo.

"Debido a estos cambios en la legislación es que se deben actualizar todos los modelos de contratos de adhesión registrados con anterioridad a la reforma", explicó la Profeco.

Añadió que actualmente la Dirección de Contratos de Adhesión, Registros y Autofinanciamiento proporcionan asesoría a los proveedores para la actualización de los modelos de contratos de adhesión.

Y en virtud de ello pone a la orden de los interesados solicitar información a la cuenta de correo electrónico gfuentesm@profeco.gob.mx.

Mientras que a efecto de informar las naturalezas de contratos de adhesión de registro obligatorio ante la Profeco, pone a disposición del público la dirección electrónica https://rcal.profeco.gob.mx/ContratosObligatorios.jsp.

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