Se tramitan hasta 350 constancias de situación fiscal diariamente

Además, desde inicios de octubre se realizaron modificaciones para facilitar los trámites en RFC y firma electrónica

Cecilia Conde / Diario de Querétaro

  · martes 8 de octubre de 2024

En el Centro Histórico se reporta mayor número de trámites. Foto: Hugo Arciniega / Diario de Querétaro

En promedio diariamente se tramitan entre 250 a 350 constancias de situación fiscal en Querétaro, refirió el administrador desconcentrado en Querétaro, David Salcedo, quien dio a conocer que se ha simplificado la solicitud de este documento con el uso solo de la huella digital en las oficinas.

Puntualizó que desde inicios de octubre se realizó esta modificación para facilitar los trámites en RFC y firma electrónica, así como la emisión de la constancia de situación fiscal.

Foto: Hugo Arciniega / Diario de Querétaro

Precisó que por oficinas en San Juan del Río y en la Plaza Bulevares se tramitan entre 200 y 250 constancias de situación fiscal, y en la oficina ubicada en el Centro Histórico se tramitan 350 constancias.

“Anteriormente solo dábamos la constancia con la pura INE, ahora sí tu ya tienes firma electrónica y no la tienes en el momento porque andas en la calle, puede venir con nosotros por su constancia, puede venir simplemente con su huellita”, explicó.

Mientras que los cambios que se realizaron en el trámite del RFC y firma electrónica es que ahora si presentas la credencial del INE con la dirección visible, ya que no será necesario presentar el CURP y el comprobante de domicilio.

Respecto a la renovación de la e-firma de personas físicas que tengan menos de un año vencida, para el trámite presencial en las oficinas del SAT solo se requerirá llevar la USB y con la huella digital. Además, que mantienen la opción de que el trámite pueda realizarse por canales remotos.

Agregó que para los contribuyentes que están el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) ahora estarán exentos de presentar su declaración anual, ya que solo tiene que presentar las declaraciones y pagos mensuales.

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Y aunque anteriormente las personas físicas que se salían de ese régimen fiscal ya no podían volver a tributar, ahora podrán hacerlo si presentan un caso de aclaración o un aviso de actualización de actividades.