A 48 horas de que se festeje el Día de la Bandera, este 24 de febrero, y siendo uno de los referentes de la llegada a la Ciudad, el parque del Asta a la Bandera monumental luce, desde hace tiempo, sin bandera.
Aunque es propiedad de la Federación, la Oficialía Mayor del gobierno de Querétaro es la encargada de dar mantenimiento al predio que alberga la mega Bandera, el cual se encuentra abandonado y es utilizado por las personas para dejar sus objetos personales como ropa o zapatos.
La calle de acceso en mal estado y alcantarillas sin tapa son algunas de las características que distinguen el espacio que administra la dependencia del Poder Ejecutivo estatal.
De acuerdo la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) en Querétaro, la 17ª zona militar solicita, mediante escrito dirigido a la Oficialía mayor que se presten las instalaciones y la Bandera Nacional para realizar los actos conmemorativos que correspondan; y es la dependencia gubernamental del estado la que se encarga de lavarla y cambiarla con base en una calendarización.
La Oficialía Mayor confirmó que la administración del espacio por parte de la dependencia consiste en mantener la zona de la mega Bandera limpia, mientras que la Dirección de control patrimonial se encarga de hacer el izamiento de la Bandera Nacional, de acuerdo con una calendarización proporcionada por la Secretaría de Gobierno, basada en la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional.
La ley, en su artículo 15, refiere que en los edificios sede de las autoridades y de las representaciones diplomáticas y consulares de México en el extranjero, así como en los edificios de las autoridades e instituciones que presten servicios educativos y médicos y en las oficinas migratorias, aduanas, capitanías de puerto, aeropuertos, y en plazas públicas que las propias autoridades determinen dentro de su territorio, deberá izarse la Bandera Nacional en fechas establecidas.
En el caso de Querétaro, las fechas contempladas para colocar la Bandera Nacional a toda asta son el 21 de enero; 5, 10, 19 y 24 de febrero; 1, 15, 18, 21 y 26 de marzo; 2 de abril, 1, 5, 8 y 15 de mayo; 1 y 21 de junio; 1, 14, 15, 16, 27 y 30 de septiembre; 12, 23, 24 y 30 de octubre; 6, 20 y 23 de noviembre; y el 29 de diciembre.
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En tanto, a media asta se tienen contemplados los días 14, 22 y 28 de febrero; 2 de marzo; 10 de abril; 21 de mayo; 17, 18 y 30 de julio; 13 de septiembre; 2 y 7 de octubre; y 22 de diciembre.
Asimismo, la ley señala que el 24 de febrero se establece solemnemente como Día de la Bandera, en el que se deberán transmitir programas especiales de radio y televisión destinados a difundir la historia y significación de la Bandera Nacional. En esta fecha, las autoridades realizarán jornadas cívicas en conmemoración, veneración y exaltación de la Bandera Nacional.
Para este día, se tiene previsto realizar los honores a la Bandera Nacional correspondientes el sábado entre las 8:00 y 9:00 horas, en un acto público al que asistirán autoridades de los tres órdenes de gobierno.