Aguinaldo no es renunciable, debe pagarse antes del 20 de diciembre

Los trabajadores que no hayan cumplido el año de servicio o terminen una relación laboral, tienen derecho a la parte proporcional de él

Cecilia Conde | Diario de Querétaro

  · sábado 7 de noviembre de 2020

Foto: Cortesía | Secretaría Del Trabajo

El pago del aguinaldo es un derecho irrenunciable de los trabajadores, e independientemente de la fecha en la que comience la entrega, debe pagarse antes del 20 de diciembre, aseguró el secretario del Trabajo, Mario Ramírez Retolaza.

Precisó que la prestación está establecida en la Ley Federal del Trabajo, y equivale a por lo menos 15 días de salario.

Aseguró que en los últimos dos años se han perdido 2 millones de empleos/Foto: Cortesía | Mauricio Kuri

“El aguinaldo es un derecho irrenunciable de las y los trabajadores y es independiente a las prestaciones. (…) Es para todas las personas que prestan sus servicios de manera subordinada”, indicó.

Los trabajadores que no hayan cumplido el año de servicio o terminen una relación laboral, tienen derecho a la parte proporcional de aguinaldo, conforme al tiempo del trabajo realizado.

Ramírez aseveró que el aguinaldo debe pagarse en efectivo y no está permitido hacerlo a través de vales, mercancías u otros artículos que sustituyan el recurso monetario.

Además, los trabajadores pueden presentar sus denuncias en la Procuraduría de la Defensa del Trabajo o la Unidad de Inspección y Asesoría del Trabajo, para recibir una orientación legal y gratuita.