A pesar de que ya pasaron los nueve meses del periodo deaportación de pruebas que señaló en marzo de 2016 la presidentadel Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Consuelo Rosillo Garfias,para determinar si se reclasificaría de homicidio calificado ahomicidio simple el caso de Yosheline Arenas Heredia, el periodo deinstrucción continúa, señaló José Antonio Ortega, presidentede la Sala Penal del TSJ.
Al finalizar dicha etapa se decidirá si se trata de homicidiocalificado, homicidio simple o feminicidio; en el caso declasificarse como homicidio simple, la sentencia se reduciría de15 a cinco años, con la posibilidad de conmutar la pena, noobstante, de acuerdo al antiguo Sistema de Justicia Penal, elinculpado sigue su proceso en prisión preventiva.
“Todavía no está tomado como feminicidio, en el auto deformal prisión se determinó como homicidio y todo va a variar enlas cuestiones probatorias, tanto la parte ofendida, el fiscal comoel órgano de la defensa, están en condiciones de aportarpruebas”, señaló el magistrado.
Explicó que el tiempo promedio para la resolución del caso escomplicado, puesto que la Constitución marca hasta un año, peroexiste la posibilidad de que se pueda prolongar para cumplir con lagarantía de defensa.
“Todo depende de las pruebas, tenemos juicios que se acabanhasta en tres meses porque está todo muy claro; en el tema delsistema tradicional, hay expedientes de hasta cuatro o cinco añosen instrucción, nos detienen las pruebas y la garantía dedefensa, existe la posibilidad de que el inculpado renuncie a esosplazos para cumplir con la garantía de defensa y nosotros comojueces no podemos coartar ese derecho”, refirió.
En Querétaro, la sentencia por el delito de feminicidio es de20 a 50 años de prisión y de 500 a 750 días de multa, noobstante, el presidente de la Sala Penal señaló que es complicadoel proceso para determinar cuándo se trata de este delito.
“La ley contempla un catálogo concreto sobre cuándo seconsidera feminicidio y tiene que ver con la cuestión del género,que haya un sometimiento, que haya violencia sexual o tengaexposición, maltrato a la mujer o de género. No cualquier muertese cataloga como feminicidio”, destacó.
En otro tema, refirió que de acuerdo con los registros de laSala Penal del TSJ, el número de denuncias por violación no se haincrementado, aunque el año pasado los delitos sexuales y el abusodeshonesto registraron una incidencia alta.