A pesar de que no se haya concluido el pago de un crédito hipotecario ante el Infonavit es posible incluir la casa adquirida de esta manera en el testamento.
La dependencia señaló que, no obstante que cuando se adquiere un crédito para el financiamiento de una vivienda se eligen las personas beneficiarias en caso de fallecimiento, sólo es a través de un testamento que se establece jurídicamente a las personas herederas.
“Recuerda que, si bien cuando sacas tu Crédito Infonavit eliges a los beneficiarios de tu financiamiento, el documento jurídico con el que se determina quién se queda con la casa es el testamento”.
Además, detalló que al adquirir un crédito también se adquiere un seguro de defunción, debido a que forma parte del protocolo por el cual se otorga el financiamiento. Este seguro considera que, en caso del fallecimiento de la persona derechohabiente que adquirió el crédito, la deuda se liquida y no se traspasa a las personas herederas.
“No olvides que tu Crédito Infonavit incluye un Seguro por Defunción que liquida la deuda de las personas acreditadas en caso de fallecimiento, por lo que sus familiares no adquieren ningún compromiso de pago”.
El llamado a hacer un testamento se da en el contexto del denominado Mes del Testamento, que se ha estipulado en septiembre de cada año para fomentar que las personas dejen claridad sobre sus bienes y herederos, las notarías del país ofrecen descuentos de hasta el 50% en los trámites correspondientes.
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El Infonavit sugirió a los derechohabientes con créditos el compartir con los familiares el número de Seguridad Social, número de crédito y la fecha en la que se adquirió.