Danza de los Concheros, una declaratoria de humo

Margarita Ladrón de Guevara

  · miércoles 25 de octubre de 2017

El 11 de septiembre, al pie de la escultura El Danzante, se llevó a cabo una sesión solemne de cabildo en la cual se declaró a la Danza de los Concheros como patrimonio cultural de Querétaro. Fotos Hugo Camacho y Yolanda Longino

Recordar el nombre de sus abuelos y el de los abuelos de susabuelos es parte de su vida. Honrar su legado también, como lo fuepara sus padres y como lo será para sus hijos: Es la familiaconchera, que depositaria de una tradición que inició a mediadosdel siglo XIX con su antepasado Atilano Aguilar, la semana pasadarompió su silencio habitual y ha salido a la luz pública paraexigir respeto por la danza, práctica que en septiembre pasado fuedeclarada Patrimonio Histórico, Cultural Inmaterial del municipiode Querétaro.  La danza, como parte de un ritual devocional queinvolucra  todos los aspectos de su vida, es salvaguardada porellos sin necesidad de que instituciones o gobiernos le decretenprotección, clamaron los concheros chichimecas asentados en elbarrio de San Francisquito. La declaratoria, en su opinión, es unafarsa y, sin fundamentos, es volátil como el humo del sahumerioque recorrió el cuerpo del alcalde Marcos Aguilar el pasado 11 deseptiembre.

En entrevista exclusiva para Diario de Querétaro primero y enconferencia de prensa después, representantes de las 22 mesas deconcheros que descienden de Atilano Aguilar manifestaron su repudioa la declaratoria por estar basada en la propuesta de personas queno los representan y por autoridades que ignoran lo que es latradición.

¿Por qué, si preservar esta tradición es tan importante paraellos no celebraron esta declaratoria cuyo objetivo es,supuestamente, fortalecerla? Porque el proceso fue unilateral,vertical y apresurado. Así lo definieron no sólo los propiosconcheros, sino también los especialistas del INAH y quienes haninvestigado esta práctica cultural por décadas.

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¿Por qué los Concheros tienenrazón?

De acuerdo con el intercambio de correspondencia entre elmunicipio de Querétaro y el INAH local, y cotejando lasdeclaraciones que el cronista municipal Andrés Garrido hiciera alrespecto, el proceso para esta declaratoria empezó el 25 de juliocon la solicitud al cronista municipal de la justificaciónhistórica y la importancia de la danza, y se hizo público con unaceremonia al pie de la escultura El Danzante, en el andador 5 deMayo el día 12 de septiembre, horas antes de que los danzanteschichimecas iniciaran la procesión al templo de la Cruz, dondepermanecerían 48 horas dando vida a su ritual anual.

El decreto estipula en su tercer punto que es la Secretaría deDesarrollo Humano y Social la designada para realizar las acciones,planes o programas que juzgue oportunos para la debida promoción,difusión y fortalecimiento de la tradicional Danza de losConcheros del Municipio de Querétaro. Fue dicha secretaría la queel 9 de agosto pasado envió la propuesta de decreto a laSecretaría del Ayuntamiento, encabezada por Rafael Fernández deCevallos y Castañeda; la propuesta es un documento de nuevecuartillas en las cuales se incluye, en su Consideración XI, que“mediante correo electrónico de fecha tres de agosto de 2017,fue remitido a la Secretaría de Desarrollo Humano y Social delmunicipio de Querétaro, por parte del Cronista del  Municipio lacrónica (sic) que elaboró sobre las danzas y tradicionesde la comunidad de los concheros”, cuyo contenido se transcribe.A continuación, bajo el título Las Danzas y la tradición dela comunidad de los concheros, se describe que ésta “es latradición viva de origen indígena más antigua de Querétaro”.En las siguientes cuartillas, el texto da una descripción de loque es la danza azteca y su evolución hasta “fines de los año50”, sin especificar el siglo, cuando los portadores de latradición dancística “rompieron su hermetismo y ciertas mesasempezaron a desvelar sus secretos”. Asimismo, describe en uno desus párrafos que “el camino conchero (…) es una ofrenda, unsacrificio, una manera de vivir que nace desde dentro del ser, uncamino con corazón. El conchero vive entregado a una misión; es,entre otras cosas, un místico que aspira a recorrer la senda delsol, a cuidar su fuego, recibir su luz y sentir su calor. Todo supropósito está realmente basado en un profundo amor a la Tierra ya todos los seres que la pueblan”. En otro párrafo mencionaparte de los elementos rituales como las rocitas, los bastones, lascustodias, la santa forma y la santa cuenta. Asimismo, advierte que“habrá que tomarse en cuenta que los datos históricos comotales que se refieren a la tradición de los concheros no existen ono están al alance, y lo poco con lo que se puede contar provienede la tradición oral, la cual ubica los hechos por épocas y nocon fechas”.

El escrito menciona a continuación a Atilano Aguilar. “Losdescendientes de Atilano Aguilar y algunos otros, coinciden en quesu fundación es coetánea con la fundación de la ciudad deQuerétaro el 25 de julio de 1531, lugar en donde la tradicióncuenta que dio inicio” y continúa con supuestos y referenciasimprecisas, entre ellos el testimonio de Esau Márquez, sinespecificar si es directo, quien a su vez cita el libroLeyendas y tradiciones queretanas de Valentín Frías.

A continuación describe la genealogía Aguilar, nombrando a losherederos de Atilano hasta en tercera generación, cuando deacuerdo con el texto, se produjo un cisma en la familia. En estaparte del documento resalta un párrafo en el cual, su autorenfatiza: “existe la necesidad de dar el reconocido mérito acada una de las mesas de los Aguilar, en cuanto son uno de lospilares que sostienen la tradición de la danza y el rito deconcheros; en este sentido, las mesas vienen a constituir la másimportante agrupación que acude a la fiesta de la Santa Cruz deQuerétaro, tanto por su aspecto cuantitativo y su profundo apego ala tradición, como por su indispensable participación endiferentes festividades religiosas del país”.

Con ello finaliza la consideración XI. La XII asienta que “sededuce que la tradición de la Danza de los Concheros ha sido y esexpresión cultural centanria no escrita, que se hereda por mediode la palabra, las experiencias presenciales y que se mantiene vidaen las mentes de quienes la replican en la actualidad, siendo asímismo, que se vislumbra claramente un sistema normativo oral propioque rige a los danzantes concheros”.

El documento termina con la consideración XV que afirma que ladanza es una tradición que de forma general se ajusta a loconceptuado como Patrimonio Cultural Inmaterial y por lo mismo ybajo sus mismos preceptos es y debe ser reconocida y protegida parasu correcta salvaguarda.

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A continuación, se suscribe el decreto que en tres puntos,declara como patrimonio histórico, cultural inmaterial delmunicipio de Querétaro a la Danza de los Concheros.

Este documento fue enviado al Instituto Nacional deAntropología e Historia delegación Querétaro a fin de queemitiera una opinión técnica. El INAH recibió el 28 de agostouna carta firmada por Rafael Fernández de Ceballos con fecha del21 de agosto, solicitando la opinión técnica con la “finalidadde que, de ser procedente, sea sometido a consideración por lacomisión Permanente de Dictamen de Educación y Cultura para laaprobación del presente”. Cabe señalar que esta comisión espresidida por Ana Paola López Birlain, a quien ninguno de losrepresentantes de las 22 mesas dijo conocer.

La respuesta del INAH, firmada por Rosa Estela Reyes García yfechada el 8 de septiembre, manifiesta en seis puntos que eldecreto no hace revisión de fuentes documentales primarias talescomo escritos antiguos, y secundarias (historiografía ybibliografía especializada); es necesario que se corrobore elcontenido del escrito a partir de fuentes recomendadas,especialmente en lo relacionado con el proceso de conquista,pacificación y refundación de Querétaro en el siglo XVI; no sehace mención del origen de los posibles testimonios oralesempleados; quien escribe incluye como parte del relato vivencias yopiniones sobre la temática abordada dando la impresión de que setrata de una propuesta a título personal con base eninterpretaciones e intereses individuales; por momentos laescritura extravía su carácter objetivo formulando juicios devalor.

A continuación, desmenuza la fundamentación del decretorecomendando que se debe señalar 2los orígenes de la prácticacultural sin descuidar la inclusión de diversos actores,oratorios, cruces o reliquias y familias de danzantes presentes enla ciudad procurando no centralizar la narrativa sobre determinadoslinajes; no se explican conceptos como mesa, velación, ceremonias,la palabra fundamental; falta contextualizar la danza y lastradiciones concheras para puntualizar el desarrollo de lapráctica y explicar detalladamente los esquemas de organización einstituciones relacionadas tales como el carácter de las mesas,sus reglas y éticas internas, los vínculos de compadrazgo ritual,las características de la conquista que explican las redes deintercambio y hacer énfasis en las fases de la celebraciónprincipal en honor a la Santa Cruz sin dejar de resaltar que setrata de unas festividad entre muchas otras donde confluyen gruposde danza; y explicar las implicaciones que el decreto pudiera tenerpara el desarrollo de las prácticas.

Y cuestiona que el decreto menciona la importancia desalvaguardar, pero no se evidencian los problemas o riesgos que ladanza corra y que justifiquen su protección. Además, al decretono le precede un diagnóstico participativo o externo sobre laexpresión cultural. Por lo tanto, concluye, “es necesario queeste tipo de propuestas sean previamente discutidas, aprobadas yconstruidas desde los portadores de la práctica cultural, lo cualimplica el involucramiento directo de los interesados y noexclusivamente sectores externos”. El documento finaliza con unabibliografía sugerida de 16 libros cuya consulta “genera unapropuesta sólida y seria sobre el caso planteado”.

Según la delegada del INAH, la opinión técnica nunca fueatendida. Según los concheros de San Francisquito, nadie leshabló, ni los invitó a la ceremonia. Ellos, el día de laceremonia pública para dar a conocer la declaratoria, sepreparaban para la festividad más importante de su ritualidad: ladanza a la Santísima Cruz de los Milagros.

LO QUE SIGUIÓ

Un mes después, los capitanes generales se manifestaronpúblicamente en contra de la declaración. Publicada en Diario deQuerétaro, la voz de los concheros fue desdeñada por el alcaldevarias veces, primero enviando a los reporteros que le cuestionaronsobre el tema, a hablar con la secretaria de Desarrollo Social yHumano, Beatriz Marmolejo; y segundo, argumentando que es elAyuntamiento el que tiene la facultad de dar las declaratorias sinnecesidad de hacer consultas, las cuales “nunca se han hecho” ypuso en entredicho los motivos de los concheros paramanifestarse

Beatriz Marmolejo, más cauta, afirmó que a través delInstituto de Cultura se llegará a un acercamiento con todos losgrupos que hay.

Por su parte, el cronista Garrido del Toral señaló  que elacuerdo de Cabildo que decreta la protección de la danza, indicaque inicia el proceso para hacer los planes y programas respectivosy para ello los funcionarios municipales tienen 90 días, plazo quese cumple el 11 de diciembre. “Estas personas reclamanparticipación, la tienen, ahí está la mesa. No hay plan, ni hayprograma hasta no contar con los que tengan ganas de participar”,según se publicó en Diario de Querétaro.

Sin embargo, ya han pasado 45 días y ninguno de los 22capitanes generales ha recibido invitación para participar en eldiálogo.

Rosa Estela Reyes García resumió el problema haciendo notarque la administración pública tiene un ritmo distinto al ritmo dela sociedad. “Por eso no debemos meternos en algo tan complejo entan poco tiempo. Los procesos sociales no llevan los mismos tiemposque los tiempos políticos. Hay cosas que son complicadas porqueson colectivas: no tienen el tiempo político que los gobernantesnecesitan. Lo que se debió hacer es dejar la iniciativa dedeclaratoria para que se tome el tiempo que requiera, tal vez ya note alcanza a ti como presidente municipal pero quedó marcada lavoluntad; la documentación de prácticas tan importantes quetenemos en Querétaro se lleva su tiempo, que no es el mismo que elde la administración pública. No era necesario llegar a unadeclaratoria que ni fue declaratoria, una bendición que ni fuebendición y a una limpia que ni fue limpia”.