Para 2022, en el estado de Querétaro se cobrará un nuevo impuesto ecológico a personas físicas, morales y empresas que emitan contaminación excesiva en la entidad; dicho impuesto está contemplado en la ley de ingresos del Poder Ejecutivo del próximo año, aprobada por la LX Legislatura.
Este “impuesto verde” no cuenta con una estimación de recaudación; sin embargo, contempla cobros por la emisión de gases a la atmósfera, depósito o almacenamiento de residuos y remediación ambiental por extracción de materiales.
De acuerdo con el diputado Gerardo Ángeles Herrera, este nuevo impuesto no tiene fines recaudatorios; por el contrario, afirmó que lo que se busca es generar conciencia sobre la contaminación ambiental que se genera. Agregó que, además, se plantearía la posibilidad de dar incentivos a las empresas contaminantes para convertir a su empresa en un negocio limpio.
“Se llama impuesto ecológico y ese impuesto es el que contamina paga, básicamente. Es un programa interno del estado, pero sí se contempla que aquellas empresas que tengan una contaminación excesiva tendrán que pagar un impuesto que se utilizará para resarcir el daño que se genere”, informó.
¿En qué consiste este nuevo impuesto verde?
El impuesto por remediación ambiental en la extracción de materiales deberá pagarlo personas físicas y morales, así como unidades económicas que extraigan del suelo y subsuelo materiales que constituyan depósitos de igual o semejante naturaleza a los componentes del terreno en que se encuentren en el estado.
Para el caso de la extracción de minerales no metálicos de bajo impacto ambiental el cobro será de 0.20 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir 17.92 pesos, por metro cúbico, mientras que por minerales no metálicos de alto impacto ambiental será de 0.50 UMA, es decir, 44.81 pesos por metro cúbico.
En cuanto al impuesto por la emisión de gases a la atmósfera serán sujetos de éste, las personas físicas y morales, así como las unidades económicas residentes en el estado o los residentes fuera del estado, que tengan instalaciones o fuentes fijas en las que se desarrollen actividades que determinan las emisiones a la atmósfera gravadas por este impuesto; en este caso, se aplicará una cuota impositiva por el equivalente a 5.6 UMA por tonelada emitida de bióxido de carbono equivalente (CO2e) o la conversión del mismo.
Mientras que el impuesto por la disposición final de residuos de manejo especial y peligrosos considera como sujetos obligados a las personas físicas y morales, así como unidades económicas catalogadas como gran generador que, bajo cualquier título, por sí mismas o a través de intermediarios, realicen la disposición final de residuos, así como el almacenamiento temporal o confinamiento controlado de residuos peligrosos.
Para este último caso, se pagará una cuota de 1.25 UMA por tonelada de residuos de manejo especial depositados o almacenados en los sitios considerados en la ley o por tonelada de residuos peligrosos almacenados de manera temporal o confinados en el estado.
Además, confirmó que en dicha ley de ingresos también están contempladas las foto multas, esto tras el anuncio del gobernador Mauricio Kuri de implementar este sistema de multas a partir de 2022.