La Defensoría de Derechos Humanos del estado de Querétaro (DDHQ) emitió la recomendación (252) 5/2022 a la Secretaría de Salud por violaciones de derechos humanos de una recién nacida, quien el pasado 19 de enero fue expuesta a una lámpara de calor que le provocó quemaduras de segundo y tercer grado tras ser atendida en el Centro de Salud de Tolimán.
Los derechos humanos que se violentaron fueron el de protección de la salud, principio del interés superior de la niñez, integridad personal, afectación al proyecto de vida, información en materia de salud, libre consentimiento informado, legalidad y seguridad jurídica de una recién nacida, y a la información en materia de salud, al libre consentimiento informado, a la legalidad y seguridad jurídica de su madre.
De acuerdo con la recomendación, en enero la madre fue atendida en el centro de salud por un parto fortuito y el personal médico informó que la menor no presentaba una temperatura corporal adecuada; según los hechos, pese a contar con una cuna de calor radiante, utilizada para estos casos, se utilizó una lámpara de calor sin vigilancia por parte del personal médico durante más de una hora.
Debido a la negligencia médica, la recién nacida sufrió quemaduras de segundo y tercer grado en el 9% de su cuerpo; como parte de la investigación, se detectó que no contaban con documentación que acredite el consentimiento informado.
Además, se determinó que no existió un manejo adecuado de la lesión, principalmente por no contar con los insumos necesarios para minimizar la afectación, información que fue corroborada por la Comisión de Arbitraje Médico del Estado de Querétaro (Cameq).
Luego de la investigación, se ordenó a la Secretaría de Salud solicitar y gestionar la inscripción en el Registro Estatal de Víctimas de la agraviada, sus padres y quienes acrediten ser víctimas indirecta en un plazo máximo de 45 días naturales con el objetivo de que tengan acceso a los derechos, garantías, acciones, mecanismos y procedimientos establecidos en la Ley General de Víctimas.
Asimismo, se instruyó realizar las gestiones necesarias para que la menor de edad reciba el tratamiento médico correspondiente para sus quemaduras, además de que deberán proporcionar atención psicológica especializada a quienes acrediten ser víctimas indirectas.
La secretaría de salud está obligada a colaborar con el Órgano interno de control y la Fiscalía General del estado tras el inicio de un procedimiento administrativo y la denuncia presentada en contra del personal médico interviniente y quien resulte responsable; de igual manera, se deberá iniciar un procedimiento ante la Comisión estatal de atención integral a víctimas para otorgar las medidas de compensación correspondientes.
De igual manera, la dependencia tendrá que brindar capacitaciones al personal médico y de enfermería en materia de derechos humanos, emitir una circular en la que se instruya al personal directivo y médico de dicho centro de salud para que adopten las medidas necesarias y efectivas de prevención, y rendir un informe detallado a la Defensoría del estado.
La Defensoría informó que la Secretaría de Salud contará con 15 días naturales para informar a la DDHQ si acepta o no los términos de las recomendaciones emitidas.