/ viernes 1 de diciembre de 2023

Deberán postular a grupos prioritarios: IEEQ

Presentan lineamientos para el registro de candidaturas en el proceso electoral local 2023-2024

Los partidos políticos deberán postular una o más fórmulas que se integren por personas pertenecientes a grupos de atención prioritaria tanto para las diputaciones locales como las planillas de los Ayuntamientos, así como fórmulas de personas indígenas, esto con base en los lineamientos para el registro de candidaturas en el proceso electoral local 2023-2024 en Querétaro.

De acuerdo con lineamientos, aprobados en sesión del consejo general del Instituto Electoral del estado de Querétaro (IEEQ), en caso de que los partidos no postulen fórmulas integradas por personas pertenecientes a grupos de atención prioritaria en las diputaciones por el principio de mayoría relativa, éstas se deberán postular en las listas primarias.

Mientras que la planilla de candidatura independiente deberá integrarse con una o más fórmulas que se integren por personas pertenecientes a los grupos de atención prioritaria, en su calidad de propietarias y suplentes.

En el caso de las personas con discapacidad se deberá presentar, por ejemplo, copia certificada de la credencial nacional para personas con discapacidad vigente expedida por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) o certificación médica emitida por una institución de salud pública.

Para el caso de las personas migrantes será necesario presentar, entre otros, documento que acredite la calidad de migrante que reside o ha residido en el extranjero, mientras que la postulación de personas de la diversidad sexual deberá corresponder al género al que la persona se autoadscriba, observándose el principio de paridad, y no habrá necesidad de presentar ninguna documentación.

De acuerdo con el artículo 23 de los lineamientos, cuando se postulen fórmulas de candidaturas conformadas por personas no binarias para la integración de la Legislatura y los ayuntamientos, será necesario verificar que las mujeres se encuentren representadas en al menos el 50% de los cargos de elección popular y que en el resto de las postulaciones se encuentren representadas las personas no binarias.

En cuanto a las candidaturas para personas indígenas, se establece que los partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes deberán registrar fórmulas de candidaturas a cargos de elección popular conformadas por personas indígenas, tanto en su calidad de propietarias como suplentes.

En este caso, deberán presentar un escrito de autoadscripción simple y uno de autoadscripción calificada en el que se refieran los elementos objetivos que demuestren el vínculo de la persona con el pueblo o comunidad indígena a la que pertenece.

Algunos de los criterios que acrediten el vínculo de la persona con una comunidad o pueblo indígena son haber prestado servicios comunitarios dentro de la comunidad a la que pertenece, haber desempeñado cargos tradicionales en la comunidad indígena, participar o haber participado en reuniones de trabajo de la comunidad indígena de su origen, dentro de la población, comunidad, distrito o municipio por el que pretenda ser postulada, tendientes a mejorar las instituciones internas o para resolver conflictos que se presenten en torno a ellas; y ser representante de alguna comunidad indígena.

Para este caso, de manera individual los partidos políticos deberán presentar, adicional a la lista primaria, dos fórmulas homogéneas integradas por personas indígenas, una por cada sexo. Dichas formulas serán utilizadas para dar representación indígena a la conformación final de la Legislatura en la asignación de diputaciones plurinominales. En los municipios de Amealco de Bonfil y Tolimán las planillas que presenten deberán estar conformadas con una o más fórmulas de candidaturas indígenas.

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El registro de candidaturas se llevará a cabo del 3 al 7 de abril de 2024 de manera presencial o en línea, a través del sistema de información del proceso electoral (Infoprel), el cual funcionará a partir de las 00:00:00 horas del 3 de abril y hasta las 23:59:59 horas del 7 de abril de 2024.

Previo a su uso, del 25 al 31 de marzo de 2024, la Dirección de tecnologías de la información del IEEQ deberá poner a disposición una versión de prueba sin validez con el objeto de que los partidos políticos, coaliciones y aspirantes a candidaturas independientes conozcan el sistema de registro en línea.

Los partidos políticos deberán postular una o más fórmulas que se integren por personas pertenecientes a grupos de atención prioritaria tanto para las diputaciones locales como las planillas de los Ayuntamientos, así como fórmulas de personas indígenas, esto con base en los lineamientos para el registro de candidaturas en el proceso electoral local 2023-2024 en Querétaro.

De acuerdo con lineamientos, aprobados en sesión del consejo general del Instituto Electoral del estado de Querétaro (IEEQ), en caso de que los partidos no postulen fórmulas integradas por personas pertenecientes a grupos de atención prioritaria en las diputaciones por el principio de mayoría relativa, éstas se deberán postular en las listas primarias.

Mientras que la planilla de candidatura independiente deberá integrarse con una o más fórmulas que se integren por personas pertenecientes a los grupos de atención prioritaria, en su calidad de propietarias y suplentes.

En el caso de las personas con discapacidad se deberá presentar, por ejemplo, copia certificada de la credencial nacional para personas con discapacidad vigente expedida por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) o certificación médica emitida por una institución de salud pública.

Para el caso de las personas migrantes será necesario presentar, entre otros, documento que acredite la calidad de migrante que reside o ha residido en el extranjero, mientras que la postulación de personas de la diversidad sexual deberá corresponder al género al que la persona se autoadscriba, observándose el principio de paridad, y no habrá necesidad de presentar ninguna documentación.

De acuerdo con el artículo 23 de los lineamientos, cuando se postulen fórmulas de candidaturas conformadas por personas no binarias para la integración de la Legislatura y los ayuntamientos, será necesario verificar que las mujeres se encuentren representadas en al menos el 50% de los cargos de elección popular y que en el resto de las postulaciones se encuentren representadas las personas no binarias.

En cuanto a las candidaturas para personas indígenas, se establece que los partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes deberán registrar fórmulas de candidaturas a cargos de elección popular conformadas por personas indígenas, tanto en su calidad de propietarias como suplentes.

En este caso, deberán presentar un escrito de autoadscripción simple y uno de autoadscripción calificada en el que se refieran los elementos objetivos que demuestren el vínculo de la persona con el pueblo o comunidad indígena a la que pertenece.

Algunos de los criterios que acrediten el vínculo de la persona con una comunidad o pueblo indígena son haber prestado servicios comunitarios dentro de la comunidad a la que pertenece, haber desempeñado cargos tradicionales en la comunidad indígena, participar o haber participado en reuniones de trabajo de la comunidad indígena de su origen, dentro de la población, comunidad, distrito o municipio por el que pretenda ser postulada, tendientes a mejorar las instituciones internas o para resolver conflictos que se presenten en torno a ellas; y ser representante de alguna comunidad indígena.

Para este caso, de manera individual los partidos políticos deberán presentar, adicional a la lista primaria, dos fórmulas homogéneas integradas por personas indígenas, una por cada sexo. Dichas formulas serán utilizadas para dar representación indígena a la conformación final de la Legislatura en la asignación de diputaciones plurinominales. En los municipios de Amealco de Bonfil y Tolimán las planillas que presenten deberán estar conformadas con una o más fórmulas de candidaturas indígenas.

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El registro de candidaturas se llevará a cabo del 3 al 7 de abril de 2024 de manera presencial o en línea, a través del sistema de información del proceso electoral (Infoprel), el cual funcionará a partir de las 00:00:00 horas del 3 de abril y hasta las 23:59:59 horas del 7 de abril de 2024.

Previo a su uso, del 25 al 31 de marzo de 2024, la Dirección de tecnologías de la información del IEEQ deberá poner a disposición una versión de prueba sin validez con el objeto de que los partidos políticos, coaliciones y aspirantes a candidaturas independientes conozcan el sistema de registro en línea.

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