Devuelven registro a Querétaro Seguro

Magistrados del TEPJF consideraron parcialmente fundados los agravios, pero suficientes para revocar la sentencia emitida por el TEEQ

Guillermo González Hudson / Diario de Querétaro

  · jueves 22 de agosto de 2024

Foto: Captura de pantalla transmisión TEPJF


La sala regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó regresar el registro al partido Querétaro Seguro, luego de que el Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ) habría decretado su extinción por no alcanzar el umbral mínimo de votación del 3% en el pasado proceso electoral.

En sesión de pleno de la sala Toluca, los magistrados consideraron parcialmente fundados los agravios, pero suficientes para revocar la sentencia controvertida emitida por el Tribunal Electoral queretano, porque no ha podido participar en una elección para la gubernatura.

Foto: Hugo Arciniega / Diario de Querétaro

La resolución señala que “en virtud de que la interpretación del articulo 116 fracción cuarta inciso F de la Constitución Federal se concluye que la perdida de registro de los partidos políticos sólo puede decretarse cuando un partido no haya alcanzado el 3% requerido en cualquiera de las elecciones que se celebren para la renovación del poder ejecutivo o legislativo local, esto es, tanto de gubernatura como de legislatura, independientemente de si se realizan al mismo tiempo o en años diversos, siendo que en el caso de tratarse de un partido de nueva creación no ha participado en la elección a la gubernatura del estado”.

De acuerdo con el Instituto Electoral del estado de Querétaro (IEEQ), el partido sólo habría alcanzado 2.25% de la elección de diputaciones, mientras que en la de Ayuntamientos obtuvo 2.63%, por lo que se determinó que existen elementos suficientes para declarar la pérdida del registro de Querétaro Seguro como partido político local.

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Por lo anterior, la dirigente estatal del partido, Concepción Herrera, presentó una primera impugnación ante el TEEQ que le fue negativa, y llevó el caso a la sala regional del TEPJF para que hiciera la revisión respectiva, que quedó asentada en el expediente ST-JRC-164/2024.