/ jueves 25 de agosto de 2022

En Querétaro, hay 5 procesos por violencia contra mascotas

Respecto a la sentencia por asesinato de Athos y Tango, Ponde Villa señaló que ésta quedará firme una vez que se determine si la persona culpable no apela la resolución o tramita un juicio de amparo

El Poder Judicial del estado de Querétaro ha iniciado cinco procesos por el delito de maltrato animal en la entidad, siendo el de Athos, Tango y Balam el único que ha llegado a un juicio, confirmó Mariela Ponce Villa, magistrada presidenta del Tribunal Superior de Justicia (TSJ).

En entrevista, refirió que en los otros casos, dado que no han fallecido los animales, los procedimientos han quedado en suspensión condicional.

“No es el único caso que hemos tenido, éste es el quinto caso que tenemos por maltrato animal, pero sí es el primero que llega a juicio. Algunos otros, como los perritos no han muerto, han quedado en suspensión condicional del proceso por las penalidades que contiene el Código penal, pero éste ya es un quinto caso”, dijo.

Sobre el caso de Tango, Athos y Balam refirió que la pena de más de 10 años obedece a que fueron tres perros los que resultaron afectados y dos de ellos murieron, por lo que se sumaron las sanciones por cada canino.

“La audiencia de comunicación de sentencia va a ser el martes próximo, el 30 de agosto, de acuerdo a los plazos que establece el código nacional de procedimientos penales. Una vez que se dicte la sentencia, ésta no se puede ejecutar hasta que se declare firme”, mencionó.

Explicó que la sentencia quedará firme una vez que se determine si la persona culpable no apela la resolución o tramita un juicio de amparo.

Mencionó que el tiempo para declarar la firmeza de la sentencia podría ser de más de un año, pues detalló que, en caso de apelar, el proceso podría tomar tres meses, mientras que el juicio de amparo sería de aproximadamente un año.

“Aún y cuando ustedes han escuchado una condena de 10 años y seis meses, que no tiene derecho a un sustitutivo penal, es decir, se tiene que cumplir la sentencia, no se puede ejecutar mientras no se declare firme”, expresó.

Recordó que el delito de maltrato animal surgió en 2014, mientras que en 2019 hubo otra reforma en el código penal. Enfatizó que es importante que las personas agresoras de un animal sean sujetos de penalidades importantes, pues señaló que es imperante detener la violencia que se ejerce en contra de un animal.


El Poder Judicial del estado de Querétaro ha iniciado cinco procesos por el delito de maltrato animal en la entidad, siendo el de Athos, Tango y Balam el único que ha llegado a un juicio, confirmó Mariela Ponce Villa, magistrada presidenta del Tribunal Superior de Justicia (TSJ).

En entrevista, refirió que en los otros casos, dado que no han fallecido los animales, los procedimientos han quedado en suspensión condicional.

“No es el único caso que hemos tenido, éste es el quinto caso que tenemos por maltrato animal, pero sí es el primero que llega a juicio. Algunos otros, como los perritos no han muerto, han quedado en suspensión condicional del proceso por las penalidades que contiene el Código penal, pero éste ya es un quinto caso”, dijo.

Sobre el caso de Tango, Athos y Balam refirió que la pena de más de 10 años obedece a que fueron tres perros los que resultaron afectados y dos de ellos murieron, por lo que se sumaron las sanciones por cada canino.

“La audiencia de comunicación de sentencia va a ser el martes próximo, el 30 de agosto, de acuerdo a los plazos que establece el código nacional de procedimientos penales. Una vez que se dicte la sentencia, ésta no se puede ejecutar hasta que se declare firme”, mencionó.

Explicó que la sentencia quedará firme una vez que se determine si la persona culpable no apela la resolución o tramita un juicio de amparo.

Mencionó que el tiempo para declarar la firmeza de la sentencia podría ser de más de un año, pues detalló que, en caso de apelar, el proceso podría tomar tres meses, mientras que el juicio de amparo sería de aproximadamente un año.

“Aún y cuando ustedes han escuchado una condena de 10 años y seis meses, que no tiene derecho a un sustitutivo penal, es decir, se tiene que cumplir la sentencia, no se puede ejecutar mientras no se declare firme”, expresó.

Recordó que el delito de maltrato animal surgió en 2014, mientras que en 2019 hubo otra reforma en el código penal. Enfatizó que es importante que las personas agresoras de un animal sean sujetos de penalidades importantes, pues señaló que es imperante detener la violencia que se ejerce en contra de un animal.


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