Quienes realicen eventos, incluidas celebraciones y fiestas, con más de 50 personas, deberán de presentar un aviso ante las autoridades sanitarias para que vigilen el cumplimiento de las medidas de seguridad por el Covid-19 o, de lo contrario, se podrían suspender.
Esto con base en el acuerdo publicado en el periódico oficial La Sombra de Arteaga el 27 de noviembre y que establece las reglas para las Unidades Especiales Anti-Covid19, que podrán intervenir en espacios públicos, plazas, deportivos, recreativos y sociales para evitar concentraciones masivas.
De acuerdo con lo publicado, las visitas de las “Unidades Especiales Anti-Covid-19”, deberán contar con una orden por escrito, además, el personal designado para las verificaciones e inspecciones deberá de identificarse, notificando la orden de visita e inspección.
Los propietarios, responsables, encargados y demás personal de los establecimientos mercantiles, comerciales y centros de trabajo, deberán permitir la realización de las visitas e inspecciones, ya que, la oposición a las revisiones, será sancionada.
Asimismo, agrega que, las autoridades que integran las “Unidades Especiales Anti-Covid-19” podrán aplicar los medios de apremio y los ciudadanos podrán reportar las concentraciones masivas de personas o el incumplimiento a las medidas de seguridad, precisando la ubicación y domicilio.
Los reportes de la ciudadanía deberán realizarse a través de los medios que establezcan las autoridades sanitarias, la línea 911 o cualquier otro medio oficial y se considerará una “infracción grave” el exceder el aforo permitido, por lo que, las “Unidades Especiales Anti-Covid-19” podrán aplicar las medidas de seguridad procedentes, incluyendo, la suspensión.
ESTABLECIMIENTOS, REPORTARAN CASOS
El acuerdo estipula que los responsables de establecimientos mercantiles, comerciales o centros de trabajo tendrán que comunicar los casos de Covid-19 a la Secretaria de Salud y, quienes resulten positivos, deberán cumplir con el aislamiento decretado y tendrán que abstenerse de continuar con sus actividades hasta que obtengan el alta médica o transcurra el periodo de 14 días contados, a partir de la fecha de confirmación de la positividad.
Por último, establece que, las personas que pretendan organizar y realizar eventos que agrupen más de 50 personas deberán presentar un aviso por escrito ante la Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios y la autoridad de Protección Civil para verificar que cumplen con los protocolos de salud, el cual deberá presentarse cinco días hábiles antes del evento y precisando el lugar.
"Por evento deberá entenderse cualquier actividad privada, celebración, conmemoración o fiesta realizada en la entidad (…) La omisión de la presentación del aviso, faculta a las autoridades sanitarias y de protección civil para decretar la suspensión de actividades”, abunda el acuerdo, al agregar que, se podrá aplicar la suspensión generalizada de eventos, conforme avance la pandemia en el estado.
Las “Unidades Especiales AntiCovid-19” podrán intervenir en: establecimientos comerciales, plazas comerciales, centros y canchas deportivas, instalaciones donde se celebren espectáculos y eventos donde haya concentración de personas, espacios públicos, estaciones, centrales o paradas de transporte.
Así como en centros escolares o de actividad académica, no regulados por las autoridades de educación y, por último, indica que, podrán suspender las actividades o establecer las medidas necesarias para evitar el contagio y proteger la salud de la población.
VAN CONTRA TRANSPORTE
En el caso del transporte público, el acuerdo indica que el Instituto Queretano del Transporte (ITQ) tendrá que establecer lineamientos para los concesionarios, y en su caso, iniciar procedimientos sancionatorios, cuando exista un reporte de que existe una violación a las medidas por los operadores o usuarios.
“En todo momento, el Instituto Queretano del Transporte, atenderá la denuncia ciudadana directamente y verificará la violación de las medidas de seguridad sanitaria y procederá a la suspensión del servicio y la sanción correspondiente al permisionario”, puntualiza.