/ miércoles 25 de septiembre de 2024

Improcedente medidas cautelares contra Gilberto Herrera: INE

Expuso que dado que las imágenes ya no se encuentran visibles, se trata de un acto consumado e irreparable, por lo que determinó como improcedente la solicitud del PAN

La Comisión de quejas y denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó improcedente la solicitud de medidas cautelares presentada por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra de Gilberto Herrera Ruiz, entonces candidato a diputado federal por el estado de Querétaro.

Durante la sesión, se informó que hubo una presunta vulneración al interés superior de las personas menores de edad en nueve publicaciones realizadas en la red social Facebook.

Con base en la solicitud hecha por el blanquiazul, en dichas publicaciones se apreciaban fotografías de personas menores de edad, por lo que se pidió, como medida cautelar, la eliminación de las publicaciones.

Sin embargo, durante sesión de la comisión se expuso que dado que las imágenes ya no se encuentran visibles, se trata de un acto consumado e irreparable, por lo que determinó como improcedente la solicitud.

El acuerdo signado en la Comisión de quejas y denuncias no pasará al consejo general del INE, por lo que con dicho acuerdo queda firme la improcedencia del caso.

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La Comisión de quejas y denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó improcedente la solicitud de medidas cautelares presentada por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra de Gilberto Herrera Ruiz, entonces candidato a diputado federal por el estado de Querétaro.

Durante la sesión, se informó que hubo una presunta vulneración al interés superior de las personas menores de edad en nueve publicaciones realizadas en la red social Facebook.

Con base en la solicitud hecha por el blanquiazul, en dichas publicaciones se apreciaban fotografías de personas menores de edad, por lo que se pidió, como medida cautelar, la eliminación de las publicaciones.

Sin embargo, durante sesión de la comisión se expuso que dado que las imágenes ya no se encuentran visibles, se trata de un acto consumado e irreparable, por lo que determinó como improcedente la solicitud.

El acuerdo signado en la Comisión de quejas y denuncias no pasará al consejo general del INE, por lo que con dicho acuerdo queda firme la improcedencia del caso.

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