/ viernes 29 de septiembre de 2017

Independientes “en sus marcas…”

Aquellos que pretenden postularse como candidatos independientespara las elecciones federales del próximo año deberán hacerlodel conocimiento del Instituto Nacional Electoral (INE) antes delnueve de octubre y reunir el respaldo del uno por ciento de lalista nominal a nivel nacional en el caso de los aspirantes a lapresidencia de la República. El INE dio a conocer a través de laconvocatoria que los aspirantes a la presidencia de la Repúblicatendrán que presentar los documentos correspondientes ante laSecretaría Ejecutiva antes del ocho de octubre; los que aspiren ala senaduría ante la vocalía ejecutiva de Junta local quecorresponda antes del nueve de octubre; y los que aspiren a unadiputación ante la vocalía ejecutiva de Junta distrital quecorresponda antes del cuatro de octubre.

Los documentos que se requieren para cualquier candidatura sonla manifestación de intención, copia certificada del actaconstitutiva de la Asociación Civil integrada por el aspirante, surepresentante legal y el encargado de la administración de losrecursos de la candidatura independiente.

El acta deberá contener sus estatutos, los cuales deberánapegarse al modelo único establecido en el Anexo 11.1 delReglamento de Elecciones; además de copia de cualquier documentoemitido por el servicio de Administración Tributaria en el queconste el Registro Federal de Contribuyentes de la AsociaciónCivil.

La copia del contrato de la cuenta bancaria a nombre de laAsociación Civil, en la que se recibirá el financiamiento privadoy, en su caso, público por gastos de campaña; la copia delanverso y reverso de la Credencial para Votar de la o el ciudadanointeresado, de su representante legal y de la o el encargado de laadministración de los recursos.

Carta firmada por el aspirante en la que acepta notificacionesvía correo electrónico sobre la utilización de la aplicacióninformática, así como para recibir información sobre el apoyociudadano entregado al Instituto a través de dicha aplicación;también se podrá entregar el emblema que le distinga durante laetapa para recabar el apoyo de la ciudadanía.

La manifestación de intención deberá presentarse por escrito,en original, con firma autógrafa en el formato señalado comoAnexo 11.2 del Reglamento de Elecciones, disponible en la páginaelectrónica del INE.

Se deberá proporcionar una cuenta de correo electrónico, asícomo, preferentemente, el tipo de cuenta de usuario paraautenticarse a través de Google o Facebook, ya que seráfundamental para el acceso a la aplicación informática quedeberá utilizarse para recabar el apoyo ciudadano.

EXPEDICIÓN DE CONSTANCIA

Los aspirantes a la presidencia que cumplan con estos requisitosrecibirán su constancia de aspirante el nueve de octubre; los quecumplan para la senaduría la recibirán el 10 de octubre; y losque reúnan sus requisitos para una diputación recibirán laconstancia el cinco de octubre.

Sólo por medios distintos a la radio y la televisión losaspirantes podrán recabar el porcentaje de apoyo requerido por laley un día después de que reciban la constancia, y hasta el seisde febrero del próximo año para los aspirantes a la presidencia;el ocho de enero para los aspirantes a la senaduría; y el cuatrode diciembre de este año para los aspirantes a unadiputación.

Los aspirantes deberán hacer uso de la aplicacióninformática, cuyo funcionamiento se describe en los“Lineamientos para la verificación del porcentaje de apoyociudadano que se requiere para el registro de candidaturasindependientes a cargos federales de elección popular para elproceso electoral federal 2017-2018”, aprobados por el ConsejoGeneral del INE, la cual sustituye a la denominada cédula derespaldo.

El número de ciudadanos que debe respaldar la candidaturaindependiente en el caso de la presidencia de la República es deluno por ciento de la lista nominal a nivel nacional; en el caso dela senaduría es del dos por ciento de la lista nominal enQuerétaro; mientras que en el caso de las diputaciones será deldos por ciento de la lista nominal en cada distrito electoralfederal del estado.

Los actos tendientes a recabar el apoyo ciudadano se financiarancon recursos privadas de origen lícito y estarán sujetos al topede 33 millones 611 mil 208 pesos en el caso de los aspirantes a lapresidencia; de 448 mil 149 pesos en el caso de la senaduría; y de126 mil cuatro peso en el caso de las diputaciones.

Aquellos que pretenden postularse como candidatos independientespara las elecciones federales del próximo año deberán hacerlodel conocimiento del Instituto Nacional Electoral (INE) antes delnueve de octubre y reunir el respaldo del uno por ciento de lalista nominal a nivel nacional en el caso de los aspirantes a lapresidencia de la República. El INE dio a conocer a través de laconvocatoria que los aspirantes a la presidencia de la Repúblicatendrán que presentar los documentos correspondientes ante laSecretaría Ejecutiva antes del ocho de octubre; los que aspiren ala senaduría ante la vocalía ejecutiva de Junta local quecorresponda antes del nueve de octubre; y los que aspiren a unadiputación ante la vocalía ejecutiva de Junta distrital quecorresponda antes del cuatro de octubre.

Los documentos que se requieren para cualquier candidatura sonla manifestación de intención, copia certificada del actaconstitutiva de la Asociación Civil integrada por el aspirante, surepresentante legal y el encargado de la administración de losrecursos de la candidatura independiente.

El acta deberá contener sus estatutos, los cuales deberánapegarse al modelo único establecido en el Anexo 11.1 delReglamento de Elecciones; además de copia de cualquier documentoemitido por el servicio de Administración Tributaria en el queconste el Registro Federal de Contribuyentes de la AsociaciónCivil.

La copia del contrato de la cuenta bancaria a nombre de laAsociación Civil, en la que se recibirá el financiamiento privadoy, en su caso, público por gastos de campaña; la copia delanverso y reverso de la Credencial para Votar de la o el ciudadanointeresado, de su representante legal y de la o el encargado de laadministración de los recursos.

Carta firmada por el aspirante en la que acepta notificacionesvía correo electrónico sobre la utilización de la aplicacióninformática, así como para recibir información sobre el apoyociudadano entregado al Instituto a través de dicha aplicación;también se podrá entregar el emblema que le distinga durante laetapa para recabar el apoyo de la ciudadanía.

La manifestación de intención deberá presentarse por escrito,en original, con firma autógrafa en el formato señalado comoAnexo 11.2 del Reglamento de Elecciones, disponible en la páginaelectrónica del INE.

Se deberá proporcionar una cuenta de correo electrónico, asícomo, preferentemente, el tipo de cuenta de usuario paraautenticarse a través de Google o Facebook, ya que seráfundamental para el acceso a la aplicación informática quedeberá utilizarse para recabar el apoyo ciudadano.

EXPEDICIÓN DE CONSTANCIA

Los aspirantes a la presidencia que cumplan con estos requisitosrecibirán su constancia de aspirante el nueve de octubre; los quecumplan para la senaduría la recibirán el 10 de octubre; y losque reúnan sus requisitos para una diputación recibirán laconstancia el cinco de octubre.

Sólo por medios distintos a la radio y la televisión losaspirantes podrán recabar el porcentaje de apoyo requerido por laley un día después de que reciban la constancia, y hasta el seisde febrero del próximo año para los aspirantes a la presidencia;el ocho de enero para los aspirantes a la senaduría; y el cuatrode diciembre de este año para los aspirantes a unadiputación.

Los aspirantes deberán hacer uso de la aplicacióninformática, cuyo funcionamiento se describe en los“Lineamientos para la verificación del porcentaje de apoyociudadano que se requiere para el registro de candidaturasindependientes a cargos federales de elección popular para elproceso electoral federal 2017-2018”, aprobados por el ConsejoGeneral del INE, la cual sustituye a la denominada cédula derespaldo.

El número de ciudadanos que debe respaldar la candidaturaindependiente en el caso de la presidencia de la República es deluno por ciento de la lista nominal a nivel nacional; en el caso dela senaduría es del dos por ciento de la lista nominal enQuerétaro; mientras que en el caso de las diputaciones será deldos por ciento de la lista nominal en cada distrito electoralfederal del estado.

Los actos tendientes a recabar el apoyo ciudadano se financiarancon recursos privadas de origen lícito y estarán sujetos al topede 33 millones 611 mil 208 pesos en el caso de los aspirantes a lapresidencia; de 448 mil 149 pesos en el caso de la senaduría; y de126 mil cuatro peso en el caso de las diputaciones.

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