Internamientos de la “Patrulla Espiritual” no son ilegales: CECA

Explicó que la ley ampara el internamiento forzoso en casos donde la salud o la vida de la persona adicta esté en riesgo

Lorena Sandoval / Diario de Querétaro

  · jueves 10 de octubre de 2024

Foto: Lorena Sandoval / Diario de Querétaro

En el contexto de la atención a personas con adicciones, el presidente del Consejo Estatal Contra las Adicciones, Adolfo Ríos Méndez, aclaró que las acciones de internamiento de la “Patrulla Espiritual” no son ilegales, siempre y cuando se sigan los lineamientos establecidos en la Norma Oficial Mexicana 028.

Explicó que dicha norma permite internar a una persona adicta cuando su vida o la de su entorno están en peligro.

"Cualquier persona, con la debida autorización de un familiar, puede solicitar el ingreso de un adicto a un centro de rehabilitación", afirmó Ríos.

Ríos Méndez subrayó que no existe un registro específico de la Patrulla Espiritual en Querétaro, ni se tiene información detallada sobre sus operaciones o los centros con los que colabora.

Sin embargo, explicó que la ley ampara el internamiento forzoso en casos donde la salud o la vida de la persona adicta esté en riesgo.

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Además, señaló que en la mayoría de los casos, los familiares son quienes autorizan tanto el ingreso como la salida de la persona internada en los centros de rehabilitación.