Durante tres años, Daniel Blanco no tuvo contacto con su hija. Ante el Registro Civil no era reconocido como el padre y fue después de ese tiempo, tras una demanda de reconocimiento de paternidad, cuando pudo dejar de ser un desconocido para ella.
"Prácticamente cuando ella tenía tres años y pico; y que empezó a convivir conmigo. Yo era un desconocido (...) Fue problemático y también fue difícil", relata.
Su caso es uno de tantos, que se han resuelto en los juzgados familiares del país y que de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) representan el 40.6 por ciento de los asuntos; es decir, que de cada diez asuntos ingresados a los órganos jurisdiccionales de primera instancia, aproximadamente cuatro correspondieron a materia familiar.
Esto de acuerdo con el Censo Nacional de Impartición de Justicia Estatal, resultados del 2017; y publicado en octubre del año pasado. ¿Cuáles son los avances y cómo se aplica la perspectiva de género en los conflictos familiares?
TRES AÑOS EN JUZGADOS
Durante los tres años que Daniel tuvo que asistir a los juzgados familiares de Querétaro, lo que más padeció fue lo lento del proceso; que incluía la aplicación de una prueba de ADN, y la validez del juez para reconocerlo como el padre de su hija.
"Ese tiempo no pude ver a mi hija porque no teníamos una relación su madre y yo (…) al yo no tener el reconocimiento legal y formal de la paternidad, yo no le podía exigir a ninguna autoridad que intercediera", lamenta.
Su caso inició después de separarse de su pareja, quien sólo registró a la menor a su nombre; Daniel explica que la legislación local permite a las madres solteras registrar a sus hijos, sin la necesidad de estar acompañados del padre.
"Ese fue el caso nuestro, cuando yo quise hacerme cargo de la situación y de responder por mi hija, otorgarle mi apellido, no me fue otorgado hacerlo en un principio de manera legal”, abunda.
Aunque este tipo de aspectos, representan una diferencia en la aplicación de la ley, Daniel reconoce que estos son necesarios; "Hay que ser honestos y claros, entender que en la gran mayoría de los casos, son las madres, las mujeres que quedan en estado de indefensión, porque muchas veces los padres no están. Están ausentes o deciden no cumplir con sus responsabilidades", señala.
LEYES REDUCEN DESIGUALDAD
Mecanismos de este tipo, se incluyen en las leyes locales de Querétaro; según explica el magistrado integrante de la Sala Familiar, Greco Rosas Méndez. Para nivelar las diferencias, señala que desde el 2016, se ha creado una figura denominada "de compensación" y que busca reducir la desigualdad en casos donde hay "un evidente desequilibrio" entre las partes.
Esta figura se aplica mayoritariamente para las mujeres, ejemplifica Rosas Méndez, y puede utilizarse en casos de divorcio en un régimen patrimonial de separación de bienes; donde la mujer se ha dedicado la mayor parte de su vida al cuidado de los hijos ó al hogar; y como consecuencia, esto le ha impedido su desarrollo profesional.
"Esto se traduce al final del día, en un evidente, notorio, desequilibrio económico cuando esta relación se fractura (…) entonces la ley establece un mecanismo compensatorio a favor de la mujer", explica.
Los casos más frecuentes atendidos en los juzgados familiares, incluyen divorcios cada vez más sin expresión de causa; diferencias con relación al patrimonio de la pareja, pensiones alimenticias y pérdida de patria potestad por razones que incluyen el incumplimiento de las obligaciones o manifestaciones de violencia, entre otros.
Rosas Méndez sentencia que las leyes de Querétaro se han adecuado al marco jurídico internacional en la aplicación de la equidad de género y asegura que la legislación queretana “poco a poco” avanzado a un plano de igualdad.