/ sábado 30 de septiembre de 2023

Alternancia de género exige IEEQ a partidos

Los partidos deberán privilegiar la postulación de mujeres a presidencias municipales si el anterior fue hombre

El Instituto Electoral del estado de Querétaro advirtió a los partidos políticos que en aquellos municipios donde corresponda alternancia de género en las candidaturas a presidencias municipales que hayan postulado hombres en 2021, excepto cuando sea reelección, se privilegie a las mujeres.

Lo anterior, con base en el artículo 13 de los lineamientos del Instituto Electoral del estado de Querétaro para garantizar el cumplimiento del principio de paridad en el registro y asignación de candidaturas en el proceso electoral local 2023-2024, los cuales fueron aprobados en el consejo general del IEEQ de este viernes.

Dicho artículo refiere que "los partidos políticos deberán observar el principio de paridad y la alternancia a favor de las mujeres en las planillas de los ayuntamientos, garantizando que éstas se encuentren postuladas en al menos el cincuenta por ciento de las candidaturas".

En este supuesto se encontrarían los municipios de Corregidora, El Marqués y Querétaro, gobernados en los últimos años por hombres, quienes incluso han repetido en el cargo.

En los lineamientos, también se refiere que quienes pretendan postularse a un cargo de elección popular deben presentar un escrito de buena fe y bajo protesta de verdad, en el que manifiesten que no tienen suspendidos sus derechos políticos electorales en razón de una sentencia firme por violencia familiar o de género en el ámbito privado o público, por delitos contra la libertad e inexperiencia sexuales y como deudora alimentaria morosa que atente contra las obligaciones alimentarias.

En el capítulo tercero, que refiere el registro de candidaturas para los Ayuntamientos, se establece que los partidos políticos que no hubiesen postulado candidaturas en la última elección, así como aquellos que contiendan en su primera elección, deberán garantizar el cumplimiento de los criterios de paridad vertical y horizontal, representando con las mujeres por lo menos el 50% del total de sus candidaturas.

"Los partidos políticos tienen la obligación de alternar el género de la persona que encabece las listas en cada periodo electivo; en todo caso la alternancia será a favor de las mujeres de manera consecutiva. Tratándose de partidos políticos de nueva creación, la conformación de las listas debe encabezarse preferentemente por mujeres", se agrega.

En el caso de las candidaturas para diputaciones se refiere que la integración de la legislatura por el principio de mayoría relativa y representación proporcional se realizará mediante fórmulas homogéneas o mixtas.

La lista primaria de candidaturas para la integración de la legislatura por el principio de representación proporcional que presente cada partido político se conformará por fórmulas de personas propietaria y suplente conforme al principio de alternancia; los partidos políticos tienen la obligación de alternar el género de la persona que encabece las listas primarias en cada periodo electivo; en todo caso la alternancia será a favor de las mujeres de manera consecutiva. Tratándose de partidos políticos de nueva creación, la conformación de las listas primarias deberá encabezarse preferentemente por mujeres.

Durante la sesión, Emmanuel Zárate, representante del partido político Morena, consideró que los lineamientos quedaron limitados al no haberse aprobado en la ley electoral los bloques poblacionales, los cuales consistían en que los partidos políticos postularan a mujeres en los municipios de mayor población; agregó que, con la postulación de este nuevo proceso, el Partido Acción Nacional (PAN) demostrara si su discurso en favor de las mujeres es solo un discurso o acciones reales.

Dichos lineamientos fueron aprobados a favor por mayoría de votos, con la negativa de los consejeros electorales Karla Isabel Olvera Moreno y Daniel Dorantes Guerra por considerar que los lineamientos no representan un avance en materia de paridad.

En dicha sesión, también fueron aprobados los lineamientos del Instituto Electoral del Estado de Querétaro para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en materia político o electoral; de acuerdo con la consejera María Pérez Cepeda a través de estos lineamientos se requerirá permiso y autorización para el uso de la imagen y voz de los menores en el proceso electoral local 2023-2024.

De acuerdo con estos, los sujetos obligados deberán justificar de manera razonable el motivo y necesidad sustantiva para la participación de las niñas, niños y adolescentes en los actos político-electorales, cuando sea requerido por la autoridad competente.

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El Instituto Electoral del estado de Querétaro advirtió a los partidos políticos que en aquellos municipios donde corresponda alternancia de género en las candidaturas a presidencias municipales que hayan postulado hombres en 2021, excepto cuando sea reelección, se privilegie a las mujeres.

Lo anterior, con base en el artículo 13 de los lineamientos del Instituto Electoral del estado de Querétaro para garantizar el cumplimiento del principio de paridad en el registro y asignación de candidaturas en el proceso electoral local 2023-2024, los cuales fueron aprobados en el consejo general del IEEQ de este viernes.

Dicho artículo refiere que "los partidos políticos deberán observar el principio de paridad y la alternancia a favor de las mujeres en las planillas de los ayuntamientos, garantizando que éstas se encuentren postuladas en al menos el cincuenta por ciento de las candidaturas".

En este supuesto se encontrarían los municipios de Corregidora, El Marqués y Querétaro, gobernados en los últimos años por hombres, quienes incluso han repetido en el cargo.

En los lineamientos, también se refiere que quienes pretendan postularse a un cargo de elección popular deben presentar un escrito de buena fe y bajo protesta de verdad, en el que manifiesten que no tienen suspendidos sus derechos políticos electorales en razón de una sentencia firme por violencia familiar o de género en el ámbito privado o público, por delitos contra la libertad e inexperiencia sexuales y como deudora alimentaria morosa que atente contra las obligaciones alimentarias.

En el capítulo tercero, que refiere el registro de candidaturas para los Ayuntamientos, se establece que los partidos políticos que no hubiesen postulado candidaturas en la última elección, así como aquellos que contiendan en su primera elección, deberán garantizar el cumplimiento de los criterios de paridad vertical y horizontal, representando con las mujeres por lo menos el 50% del total de sus candidaturas.

"Los partidos políticos tienen la obligación de alternar el género de la persona que encabece las listas en cada periodo electivo; en todo caso la alternancia será a favor de las mujeres de manera consecutiva. Tratándose de partidos políticos de nueva creación, la conformación de las listas debe encabezarse preferentemente por mujeres", se agrega.

En el caso de las candidaturas para diputaciones se refiere que la integración de la legislatura por el principio de mayoría relativa y representación proporcional se realizará mediante fórmulas homogéneas o mixtas.

La lista primaria de candidaturas para la integración de la legislatura por el principio de representación proporcional que presente cada partido político se conformará por fórmulas de personas propietaria y suplente conforme al principio de alternancia; los partidos políticos tienen la obligación de alternar el género de la persona que encabece las listas primarias en cada periodo electivo; en todo caso la alternancia será a favor de las mujeres de manera consecutiva. Tratándose de partidos políticos de nueva creación, la conformación de las listas primarias deberá encabezarse preferentemente por mujeres.

Durante la sesión, Emmanuel Zárate, representante del partido político Morena, consideró que los lineamientos quedaron limitados al no haberse aprobado en la ley electoral los bloques poblacionales, los cuales consistían en que los partidos políticos postularan a mujeres en los municipios de mayor población; agregó que, con la postulación de este nuevo proceso, el Partido Acción Nacional (PAN) demostrara si su discurso en favor de las mujeres es solo un discurso o acciones reales.

Dichos lineamientos fueron aprobados a favor por mayoría de votos, con la negativa de los consejeros electorales Karla Isabel Olvera Moreno y Daniel Dorantes Guerra por considerar que los lineamientos no representan un avance en materia de paridad.

En dicha sesión, también fueron aprobados los lineamientos del Instituto Electoral del Estado de Querétaro para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en materia político o electoral; de acuerdo con la consejera María Pérez Cepeda a través de estos lineamientos se requerirá permiso y autorización para el uso de la imagen y voz de los menores en el proceso electoral local 2023-2024.

De acuerdo con estos, los sujetos obligados deberán justificar de manera razonable el motivo y necesidad sustantiva para la participación de las niñas, niños y adolescentes en los actos político-electorales, cuando sea requerido por la autoridad competente.

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