La organización Salud Justa aseguró que el fallo del amparo interpuesto por la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y los Alimentos Condimentados (Canirac), fue sobreseído, por lo que no sería posible que habilitaran los espacios para fumadores en los establecimientos de sus asociados.
Maximiliano Cárdenas Denham, coordinador Jurídico de la Organización No Gubernamental Salud Justa Mx, explicó que el dictamen emitido a partir del análisis del amparo interpuesto por la cámara, puesto que no está justificado el argumento principal, al no ser como tal un restaurante, la figura directamente relacionada con las disposiciones del reglamento de la Ley General de Control de Tabaco.
“Cuando nosotros revisamos la sentencia, no se admitió como amparo colectivo y de hecho lo que dice el juez es que Canirac no tiene representación de sus agremiados, que son sus agremiados quienes tienen que presentar el amparo y que Canirac carece de interés jurídico porque no reciente afectación del reglamento. Como no es un restaurante, no le afecta el reglamento”, apuntó.
Aunque de los 65 amparos que se interpusieron de manera individual en Querétaro por establecimientos donde se habían designado áreas para fumadores, solo alrededor de diez procedieron, los argumentos planteados que tienen que ver con afectaciones económicas no son suficientes, para la organización Salud Justa Mx, puesto que la cuantificación de las posibles pérdidas ya había sido evaluada por la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer).
“Conamer dice que hay más beneficios y que los costos son mínimos en la aplicación del orden. Esta falsa concepción que tratan de decir del impacto en la economía y el impacto de los ingresos ya fue analizado por la Secretaría de Economía, fue analizado por Conamer y determinó que el impacto no era superior a los beneficios que tiene esta iniciativa”.
De la totalidad de los 65 amparos que ha analizado la ONG, se encontró que diez de ellos fueron desechados por la autoridad desde el comienzo, por carecer de fundamentación suficiente, del resto, en 24 casos ya se les informó que no se les otorgaría el amparo contra el reglamento, de acuerdo con la información que se ha hecho pública hasta el momento por los juzgados.
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Cárdenas Denham apuntó que la prohibición, más que inhibir el consumo en personas que ya son fumadoras, es una posibilidad para procurar la salud de quienes eligen no serlo e incluso también, la de los empleados de los establecimientos a quienes también les llega el humo que ahí se consumía.