-También los municipios, el estado, las corporaciones de seguridad o de salud podrán clausurar espacios o locales que sirvan de reunión para evitar la propagación de la enfermedad.
-Las personas deberán evitar su concentración en parques, centros deportivos, recreativos, plazas
-Personas que hayan sido diagnosticadas con la enfermedad COVID-19, no deberán asistir a sitios de reunión
Las corporaciones de seguridad podrán conminar a los ciudadanos del estado a no estar en espacios públicos para evitar conglomeraciones, además que podrán ingresar en cualquier vivienda o local si hay riesgo en la salud de la población.
”Podrán acceder al interior de todo tipo de local o casa habitación para el cumplimiento de las actividades encomendadas a su responsabilidad, para cuyo fin deberán estar debidamente acreditados por alguna de las autoridades sanitarias”, se lee en el comunicado.
Establece que las personas deberán evitar su concentración en parques, centros deportivos, recreativos, plazas y demás espacios públicos, y los elementos de las corporaciones de seguridad podrán intervenir para el cumplimiento de este acuerdo.
Además las personas que hayan sido diagnosticadas con la enfermedad COVID-19, no deberán asistir a sitios de reunión, tales como hoteles, restaurantes, fábricas, talleres, centros penitenciarios, oficinas, escuelas, dormitorios, habitaciones colectivas, centros de espectáculos y deportivos, en el periodo que establezcan las autoridades sanitarias.
Entre los 28 puntos que aprobó el Consejo Estatal de Seguridad este jueves para hacer frente a la propagación del COVID-19, están que habrá sanciones para los centros de trabajo que no realicen el reporte de casos de este enfermedad.
También los municipios, el estado, las corporaciones de seguridad o de salud podrán clausurar espacios o locales que sirvan de reunión para evitar la propagación de la enfermedad, y podrán limitar de manera temporal la apertura de comercios o establecimiento que reúnan a más personas.
Otro punto es que los municipios tendrán la facultad de revisar que los establecimientos cumplan con las medidas de higiene en cualquier momento, y en caso de incumplimiento podrán aplicar sanciones o medidas de seguridad.
Las autoridades de seguridad podrán suspender o evitar concentración de personas en los espacios públicos o en eventos promovidos por particulares.
Para las dependencias, entidades, órganos y demás unidades administrativas del sector público, no deberán de celebrar sesiones, reuniones, consejos, congresos o cualquier evento masivo.
Así como que todos los permisos otorgados para eventos en la entidad quedan sin efecto, pues lo que se busca es evitar aglomeraciones.
Mientras que las instituciones de Seguridad podrán vigilar y resguardar hospitales y centros de salud, centros de distribución y almacenamiento de alimentos.
Además los recursos médicos y de asistencia social de los sectores públicos, social y privado que existen en el Estado, podrán ser utilizados como elementos auxiliares en la contingencia.