/ jueves 31 de octubre de 2024

Presentan iniciativa para legalizar el aborto en Querétaro

La iniciativa contempla reformas a varios artículos del Código Penal del estado

Legisladores de Movimiento Regeneración Nacional (Morena) y del Partido del Trabajo (PT) presentaron una iniciativa para legalizar el aborto en la entidad hasta las 12 semanas de gestación, así como incrementar las causales para practicar un aborto sin ser sancionado.

En el marco de la presentación de la iniciativa, Mayra Dávila Alvarado, representante de la asociación civil ADAX Digitales, recordó que en abril de este año se ganó un amparo para despenalizar el aborto en la entidad; sin embargo, la LX Legislatura ingresó un recurso para evitar legislar al respecto, lo que se sumó al paro de actividades del Poder Judicial de la Federación.

Enfatizó que, ante la negativa, se actuó nuevamente en conjunto con legisladores locales, quienes firmaron la agenda de la asociación durante el pasado proceso electoral. Aprovechó para hacer un llamado a los 25 legisladores a “ponerse del lado correcto de la historia” para aprobar en comisiones y, posteriormente en el pleno, las iniciativas presentadas.

“Quiero decirlo fuerte y claro, el llamado es a aprobar sí o sí estas reformas, porque los derechos humanos de las mujeres no se consultan, no se cabildean, se garantizan y por eso están ahí ocupando una curul. Este es un tema urgente en el que, les guste o no, teníamos y tenemos que actuar, esto propone una atención integral en cuanto a educación sexual, acceso a métodos anticonceptivos y, por supuesto, aborto legal”, subrayó.

La iniciativa contempla reformas a varios artículos del Código Penal del estado en el que se refiere que aborto es la interrupción del embarazo después de la 12ª semana de gestación, así como una sanción de uno a tres años de prisión a la mujer o persona gestante que voluntariamente practique su aborto o consienta que otro la haga abortar, después de las 12 semanas de embarazo. En este caso, el delito de aborto sólo se sancionará cuando se haya consumado.

Asimismo, establece que el aborto forzado es la interrupción del embarazo, en cualquier momento, sin el consentimiento de la mujer embarazada o persona gestante. En este supuesto, se impondrán de 5 a 8 años de prisión, y si hubiera violencia física, moral, psicológica o de carácter económico se impondrán de 8 a 10 años de prisión.

En canto a los motivos para poder abortar sin responsabilidad penal es cuando el embarazo sea resultado de una violación; cuando la salud de la mujer embarazada corra peligro; cuando a juicio de dos médicos especialistas exista razón suficiente para diagnosticar que el producto presenta alteraciones genéticas o congénitas que puedan dar como resultado daños físicos o mentales, siempre que se tenga el consentimiento de la mujer embarazada; o que sea resultado de una conducta culposa de la mujer embarazada.

De igual forma, se plantearon reformas a la ley de salud para agregar un capítulo sobre la interrupción legal del embarazo, en el que se señala que las instituciones públicas de salud del gobierno estatal procederán a la interrupción del embarazo en los supuestos donde las causales son excluyentes de responsabilidad penal en caso de aborto, en los supuestos permitidos en el Código Penal vigente en la Ciudad y en la NOM-046-SSA2-2005, cuando la mujer interesada así lo solicite.

Para este caso, la interrupción del embarazo deberá realizarse en un término de 5 días naturales, contados a partir de que se presente la solicitud y satisfechos los requisitos que se establezcan en la legislación aplicable.

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Legisladores de Movimiento Regeneración Nacional (Morena) y del Partido del Trabajo (PT) presentaron una iniciativa para legalizar el aborto en la entidad hasta las 12 semanas de gestación, así como incrementar las causales para practicar un aborto sin ser sancionado.

En el marco de la presentación de la iniciativa, Mayra Dávila Alvarado, representante de la asociación civil ADAX Digitales, recordó que en abril de este año se ganó un amparo para despenalizar el aborto en la entidad; sin embargo, la LX Legislatura ingresó un recurso para evitar legislar al respecto, lo que se sumó al paro de actividades del Poder Judicial de la Federación.

Enfatizó que, ante la negativa, se actuó nuevamente en conjunto con legisladores locales, quienes firmaron la agenda de la asociación durante el pasado proceso electoral. Aprovechó para hacer un llamado a los 25 legisladores a “ponerse del lado correcto de la historia” para aprobar en comisiones y, posteriormente en el pleno, las iniciativas presentadas.

“Quiero decirlo fuerte y claro, el llamado es a aprobar sí o sí estas reformas, porque los derechos humanos de las mujeres no se consultan, no se cabildean, se garantizan y por eso están ahí ocupando una curul. Este es un tema urgente en el que, les guste o no, teníamos y tenemos que actuar, esto propone una atención integral en cuanto a educación sexual, acceso a métodos anticonceptivos y, por supuesto, aborto legal”, subrayó.

La iniciativa contempla reformas a varios artículos del Código Penal del estado en el que se refiere que aborto es la interrupción del embarazo después de la 12ª semana de gestación, así como una sanción de uno a tres años de prisión a la mujer o persona gestante que voluntariamente practique su aborto o consienta que otro la haga abortar, después de las 12 semanas de embarazo. En este caso, el delito de aborto sólo se sancionará cuando se haya consumado.

Asimismo, establece que el aborto forzado es la interrupción del embarazo, en cualquier momento, sin el consentimiento de la mujer embarazada o persona gestante. En este supuesto, se impondrán de 5 a 8 años de prisión, y si hubiera violencia física, moral, psicológica o de carácter económico se impondrán de 8 a 10 años de prisión.

En canto a los motivos para poder abortar sin responsabilidad penal es cuando el embarazo sea resultado de una violación; cuando la salud de la mujer embarazada corra peligro; cuando a juicio de dos médicos especialistas exista razón suficiente para diagnosticar que el producto presenta alteraciones genéticas o congénitas que puedan dar como resultado daños físicos o mentales, siempre que se tenga el consentimiento de la mujer embarazada; o que sea resultado de una conducta culposa de la mujer embarazada.

De igual forma, se plantearon reformas a la ley de salud para agregar un capítulo sobre la interrupción legal del embarazo, en el que se señala que las instituciones públicas de salud del gobierno estatal procederán a la interrupción del embarazo en los supuestos donde las causales son excluyentes de responsabilidad penal en caso de aborto, en los supuestos permitidos en el Código Penal vigente en la Ciudad y en la NOM-046-SSA2-2005, cuando la mujer interesada así lo solicite.

Para este caso, la interrupción del embarazo deberá realizarse en un término de 5 días naturales, contados a partir de que se presente la solicitud y satisfechos los requisitos que se establezcan en la legislación aplicable.

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