/ jueves 17 de octubre de 2024

Propone TSJ posponer 2 años elección de magistrados locales

Guerra Urbiola señaló que se buscará que haya una reflexión seria, racional y abierta

El Poder Judicial de Querétaro propondrá que la elección de jueces y magistrados en la entidad se dé en 2027, esto debido a las capacitaciones que tiene en curso el poder en la entidad, adelantó Braulio Guerra Urbiola, presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ).

Guerra Urbiola señaló que se buscará que haya una reflexión seria, racional y abierta al diálogo con los legisladores locales de Querétaro para que la reforma Constitucional local sea lo “mejor posible” para la impartición de justicia en la entidad.

“Esperemos que sus asuntos transiten, la Constitución, en su reforma, dice que esto tiene que partir de un trabajo entre el Poder Judicial y la Legislatura, es decir, la reforma federal no es un espejo de la reforma local, tiene modalidades y condiciones que determina el Poder Judicial, así lo dice el transitorio 8º segundo párrafo, que los Poderes Judiciales establecen las modalidades y los términos”, dijo.

Subrayó que el Poder Judicial es respetuoso del Poder Legislativo, por lo que se espera que haya correspondencia en las mesas de trabajo que se puedan dar en torno a esta reforma en lo local, y precisó que la intención de que la elección se dé en 2027 se debe a que próximamente comenzarán con la capacitación de jueces para aplicar el sistema de justicia oral familiar y civil, como establece la Constitución federal.

Indicó que la justicia en Querétaro es cercana e inmediata para atender casos de delincuencia, custodia de menores, problemas familiares y cuestiones empresariales, comerciales y mercantiles, aunado a que el sistema penal de justicia de Querétaro es un referente nacional.

“Tenemos un sistema penal que es el mejor calificado a nivel nacional, el área penal es un área muy sensible, tenemos fenómenos que atender con jueces que tienen enorme experiencia, que han sido capacitados, que ha habido recursos estadounidenses para participar en estas capacitaciones de tantos jueces que hoy tienen a Querétaro en la punta de la pirámide de la justicia”, añadió.

Reconoció que el Poder Judicial tiene áreas de oportunidad; sin embargo, enfatizó que se debe proteger y preservar lo positivo, y optar por un modelo de elección apegada a la realidad del estado, pues subrayó que el contexto local es distinto al federal.

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“El Poder Judicial es uno de los factores más importante para la paz de Querétaro, no podemos suspenderlo ni frenarlo, no podemos caer en la justicia del ojo por ojo, diente por diente, en la medida que un Poder Judicial local no funciona para que a alguien le paguen una deuda, pague la renta, alguien que esté en prisión preventiva, un niño que no ha visto a su mamá o papá meses porque no se llega todavía a una resolución, parar todo eso estamos en un tema de sensibilidad humana”, agregó.

El artículo 8º transitorio de la reforma Constitucional señala que “las entidades federativas tendrán un plazo de 180 días naturales, a partir de la entrada en vigor del decreto, para realizar las adecuaciones a sus Constituciones locales. La renovación de la totalidad de cargos de elección de los Poderes Judiciales locales deberá concluir en la elección federal ordinaria del año 2027, en los términos y modalidades que éstos determinen; en cualquier caso, las elecciones locales deberán coincidir con la fecha de la elección extraordinaria del año 2025 o de la elección ordinaria del año 2027”.

El Poder Judicial de Querétaro propondrá que la elección de jueces y magistrados en la entidad se dé en 2027, esto debido a las capacitaciones que tiene en curso el poder en la entidad, adelantó Braulio Guerra Urbiola, presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ).

Guerra Urbiola señaló que se buscará que haya una reflexión seria, racional y abierta al diálogo con los legisladores locales de Querétaro para que la reforma Constitucional local sea lo “mejor posible” para la impartición de justicia en la entidad.

“Esperemos que sus asuntos transiten, la Constitución, en su reforma, dice que esto tiene que partir de un trabajo entre el Poder Judicial y la Legislatura, es decir, la reforma federal no es un espejo de la reforma local, tiene modalidades y condiciones que determina el Poder Judicial, así lo dice el transitorio 8º segundo párrafo, que los Poderes Judiciales establecen las modalidades y los términos”, dijo.

Subrayó que el Poder Judicial es respetuoso del Poder Legislativo, por lo que se espera que haya correspondencia en las mesas de trabajo que se puedan dar en torno a esta reforma en lo local, y precisó que la intención de que la elección se dé en 2027 se debe a que próximamente comenzarán con la capacitación de jueces para aplicar el sistema de justicia oral familiar y civil, como establece la Constitución federal.

Indicó que la justicia en Querétaro es cercana e inmediata para atender casos de delincuencia, custodia de menores, problemas familiares y cuestiones empresariales, comerciales y mercantiles, aunado a que el sistema penal de justicia de Querétaro es un referente nacional.

“Tenemos un sistema penal que es el mejor calificado a nivel nacional, el área penal es un área muy sensible, tenemos fenómenos que atender con jueces que tienen enorme experiencia, que han sido capacitados, que ha habido recursos estadounidenses para participar en estas capacitaciones de tantos jueces que hoy tienen a Querétaro en la punta de la pirámide de la justicia”, añadió.

Reconoció que el Poder Judicial tiene áreas de oportunidad; sin embargo, enfatizó que se debe proteger y preservar lo positivo, y optar por un modelo de elección apegada a la realidad del estado, pues subrayó que el contexto local es distinto al federal.

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“El Poder Judicial es uno de los factores más importante para la paz de Querétaro, no podemos suspenderlo ni frenarlo, no podemos caer en la justicia del ojo por ojo, diente por diente, en la medida que un Poder Judicial local no funciona para que a alguien le paguen una deuda, pague la renta, alguien que esté en prisión preventiva, un niño que no ha visto a su mamá o papá meses porque no se llega todavía a una resolución, parar todo eso estamos en un tema de sensibilidad humana”, agregó.

El artículo 8º transitorio de la reforma Constitucional señala que “las entidades federativas tendrán un plazo de 180 días naturales, a partir de la entrada en vigor del decreto, para realizar las adecuaciones a sus Constituciones locales. La renovación de la totalidad de cargos de elección de los Poderes Judiciales locales deberá concluir en la elección federal ordinaria del año 2027, en los términos y modalidades que éstos determinen; en cualquier caso, las elecciones locales deberán coincidir con la fecha de la elección extraordinaria del año 2025 o de la elección ordinaria del año 2027”.

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