El Observatorio Ciudadano de Movilidad Querétaro, consideró que el paro de actividades del sistema de transporte Qrobús que se dio el miércoles, da cuenta de lo “obsoleto y peligroso” del esquema actual, por lo que pidió un replanteamiento profundo del modelo existente para buscar opciones que no obligue a negociar con presiones que afecten el funcionamiento de la ciudad.
A través de un comunicado, el observatorio destacó que el paro de transporte recuerda a los queretanos, que el único interés de los concesionarios es su ganancia económica y no el bienestar de la colectividad, por tanto debe ser un tema a analizar para evitar futuras acciones.
“Los paros de transporte previos y el que recién padecimos, donde quedamos a merced de la voluntad de unos cuantos afectando a miles, dan cuenta de lo obsoleto y peligroso del esquema actual; urge un replanteamiento profundo, tal vez uno que erradique el modelo existente. Un modelo nuevo que no obligue a “negociar” con presiones y medidas lesivas que afectan el funcionamiento de la ciudad”, señaló el Observatorio Ciudadano de Movilidad.
Refirieron que luego de que la empresa Móvil Qrobús decidió amagar a las autoridades, con un paro de actividades, cualquier incremento de tarifa podría ser un acto jurídico sin validez, toda vez que de acuerdo al artículo 164 de la Ley de Transporte del estado, si bien las tarifas se revisarán cada dos años o antes, se debe tener eficiencia en el cumplimiento de rutas y la acreditación satisfactoria del usuario para efectuarlo, algo que dicen, no se ha cumplido.
Y es que el Observatorio afirmó que la teoría general del derecho menciona que cualquier acto jurídico bajo presión adolece de un consentimiento y por tanto podría ser considerado como nulo.
“Las tarifas se revisarán por lo menos cada dos años o antes si la inflación obtenida en base al Índice Nacional de Precios al Consumidor sobrepasa el 10% anual, tomando como referencia los datos emitidos por el INEGI, la acreditación satisfactoria del usuario y se cuente con eficiencia del cumplimiento de rutas, en términos de lo que determine el reglamento respectivo: ¿Cómo se dará cumplimiento al requisito: acreditación satisfactoria del usuario?”, agregó.