Tipifica Congreso de Querétaro la violencia vicaria

Aprueban reforma a la Ley estatal de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia

Karen Munguía | Diario de Querpétaro

  · miércoles 28 de junio de 2023

Foto: Iraís Sánchez | Diario de Querétaro

La comisión de administración y procuración de justicia de la LX Legislatura aprobó reconocer a la violencia vicaria como un tipo de violencia en el estado de Querétaro.

Se trata de una reforma a la Ley estatal de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, la cual surge a raíz de dos iniciativas presentadas por la legisladora Yasmín Albellán Hernández y el diputado Paul Ospital Carrera.

Durante sesión de la comisión, Paul Ospital reconoció el avance de Querétaro para reconocer este tipo de violencia y señaló que la pena se definirá una vez que la Suprema Corte de Justicia de la Nacional (SCJN) se pronuncie al respecto, debido a las acciones de inconstitucionalidad que se han presentado.

El priista abundó que la violencia vicaria es una de las violencias que más duele y que, principalmente, se ejerce contra las mujeres a través de los hijos. Externó que en el 90 por ciento de los casos se tiene como antecedente que las mujeres sufrieron de violencia económica, física y psicológica.

“Es una de las violencias que se tiene que más duele, cuando platicas con las víctimas de violencia vicaria, te lo manejan con una frase muy fácil que es ‘pegarte donde más te duele’.. Hemos visto historias que enchinan la piel, donde llegan al feminicidio o al infanticidio”, puntualizó.

Ospital Carrera enfatizó que este tipo de violencia siempre ha existido, por lo que destacó que es importante denominarla para juzgarla y erradicarla del estado; agregó que ante la violencia que viven las mujeres se requiere implementar acciones para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra dicho sector de la población.

Asimismo, fue aprobada una reforma al Código Penal del estado de Querétaro en materia de feminicidio para robustecer el tipo penal, por lo que se aprobó modificar el artículo 126 bis fracción IV para considerar como una razón de género que el cuerpo y los restos de la víctima sean expuestos, depositados, enterrados o arrojados en algún lugar público o paraje despoblado o exhibido por cualquier medio.

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Asimismo, se aprobó una reforma al Código Civil para permitir que los padres menores de edad puedan registrar a sus hijos con la autorización de quien ejerza la patria potestad o la tutela de los menores.