/ martes 5 de mayo de 2020

Reconsiderar manifestación piden las autoridades

Las reformas al Código Penal que realizó la Legislatura del Estado, y que incluyen sanciones para quienes no acaten las medidas de bioseguridad

El secretario de Gobierno del municipio de Querétaro, Apolinar Casillas Gutiérrez, pidió a los liderazgos del Movimiento Democrático Queretano Francisco Villa reconsiderar la manifestación que pretenden realizar este 5 de mayo.

Señaló que de acuerdo a las medidas extraordinarias anunciadas por el Gobierno del Estado, no debería de haber este tipo de concentraciones, aunque entienden -dijo- las consecuencias económicas que trae esta pandemia.

“Pero también hacemos una invitación a los liderazgos, a que lo reconsideren dado el momento en que estamos, así lo han mencionado las autoridades de salud, como en la semana de mayor contagio en el país, y por supuesto Querétaro no es la excepción”, dijo.

Dijo que las reformas al Código Penal que realizó la Legislatura del Estado, y que incluyen sanciones para quienes no acaten las medidas de bioseguridad, entrarán en vigor una vez se publiquen en el diario oficial La Sombra de Arteaga, y constituirán un ilícito penal.

“En cuyo caso, de actualizarse la conducta prevista en estas nuevas disposiciones, las corporaciones policiacas tendrán la obligación de consignar a estas personas, que desplieguen estas conductas a la Fiscalía General del Estado”, mencionó.

Mientras que las infracciones administrativas que se deriven del decreto anunciado por la Secretaría de Salud de Gobierno del Estado, como es no respetar la sana distancia, las personas que sean detenidas deberán ser remitidas a los juzgados cívicos.

Detalló que quien cometa una infracción administrativa puede ser acreedor a una detención, remisión al juez cívico y aplicación de una sanción administrativa que puede ser desde arresto de 6 a 36 horas, dependiendo de la gravedad del caso; y/o multa económica.

Indicó que la manifestación de las ideas no es motivo de sanción, pero recordó que el ejercicio de las garantías individuales tiene una limitante: el respeto al derecho de terceros. “Y hoy el derecho de terceros preminente, es respetar la vida y la salud de todos los demás”, dijo.

Refirió que las autoridades facultades para emitir disposiciones en una pandemia, son el presidente de la República, la Secretaría de Salud Federal, los gobiernos locales y la Secretaría de Salud del Estado.

Finalmente, el secretario apuntó que la máxima la autoridad en materia de salud es la Secretaría de Salud del Estado, todas las demás autoridades estatales y municipales, son coadyuvantes y colaboradores.

El secretario de Gobierno del municipio de Querétaro, Apolinar Casillas Gutiérrez, pidió a los liderazgos del Movimiento Democrático Queretano Francisco Villa reconsiderar la manifestación que pretenden realizar este 5 de mayo.

Señaló que de acuerdo a las medidas extraordinarias anunciadas por el Gobierno del Estado, no debería de haber este tipo de concentraciones, aunque entienden -dijo- las consecuencias económicas que trae esta pandemia.

“Pero también hacemos una invitación a los liderazgos, a que lo reconsideren dado el momento en que estamos, así lo han mencionado las autoridades de salud, como en la semana de mayor contagio en el país, y por supuesto Querétaro no es la excepción”, dijo.

Dijo que las reformas al Código Penal que realizó la Legislatura del Estado, y que incluyen sanciones para quienes no acaten las medidas de bioseguridad, entrarán en vigor una vez se publiquen en el diario oficial La Sombra de Arteaga, y constituirán un ilícito penal.

“En cuyo caso, de actualizarse la conducta prevista en estas nuevas disposiciones, las corporaciones policiacas tendrán la obligación de consignar a estas personas, que desplieguen estas conductas a la Fiscalía General del Estado”, mencionó.

Mientras que las infracciones administrativas que se deriven del decreto anunciado por la Secretaría de Salud de Gobierno del Estado, como es no respetar la sana distancia, las personas que sean detenidas deberán ser remitidas a los juzgados cívicos.

Detalló que quien cometa una infracción administrativa puede ser acreedor a una detención, remisión al juez cívico y aplicación de una sanción administrativa que puede ser desde arresto de 6 a 36 horas, dependiendo de la gravedad del caso; y/o multa económica.

Indicó que la manifestación de las ideas no es motivo de sanción, pero recordó que el ejercicio de las garantías individuales tiene una limitante: el respeto al derecho de terceros. “Y hoy el derecho de terceros preminente, es respetar la vida y la salud de todos los demás”, dijo.

Refirió que las autoridades facultades para emitir disposiciones en una pandemia, son el presidente de la República, la Secretaría de Salud Federal, los gobiernos locales y la Secretaría de Salud del Estado.

Finalmente, el secretario apuntó que la máxima la autoridad en materia de salud es la Secretaría de Salud del Estado, todas las demás autoridades estatales y municipales, son coadyuvantes y colaboradores.

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