/ martes 15 de septiembre de 2020

Restricción de horario aplica solo para hoy, mañana se operará con normalidad

Informaron que se incluye todas las actividades económicas, comercio establecido, tiendas de conveniencia, comercio en vía pública, centros comerciales, tianguis, y mercados públicos y privados


La Secretaría de Gobierno del Municipio de Querétaro, puntualizó que la restricción del horario de funcionamiento hasta las 18:00 horas, será sólo para este 15 de septiembre y contempla todas las actividades económicas de la capital.

A través de un documento, la dependencia informó que se incluye todas las actividades económicas, comercio establecido, tiendas de conveniencia, comercio en vía pública, centros comerciales, tianguis, y mercados públicos y privados.

Refiere que estas actividades económicas podrán retomar su actividad comercial normal a partir del día 16 de septiembre en los horarios establecidos para su operación.

Están exentos los servicios de salud, emergencias, farmacias, servicios funerarios y crematorios, vulcanizadoras, servicio de grúa y asistencia vial, servicios de hospedajes, hoteles y posadas, en los cuales queda prohibido la venta de alcohol y la realización de cualquier tipo de fiestas o eventos.

También señala que se prohíbe cualquier tipo de eventos de concentración masiva, públicos o privados, con motivo de la conmemoración de las fiestas patrias; y advierte, que la autoridad intervendrá los espacios públicos o privados para suspender o clausurar cualquier evento o concentración masiva promovidos por particulares.


La Secretaría de Gobierno del Municipio de Querétaro, puntualizó que la restricción del horario de funcionamiento hasta las 18:00 horas, será sólo para este 15 de septiembre y contempla todas las actividades económicas de la capital.

A través de un documento, la dependencia informó que se incluye todas las actividades económicas, comercio establecido, tiendas de conveniencia, comercio en vía pública, centros comerciales, tianguis, y mercados públicos y privados.

Refiere que estas actividades económicas podrán retomar su actividad comercial normal a partir del día 16 de septiembre en los horarios establecidos para su operación.

Están exentos los servicios de salud, emergencias, farmacias, servicios funerarios y crematorios, vulcanizadoras, servicio de grúa y asistencia vial, servicios de hospedajes, hoteles y posadas, en los cuales queda prohibido la venta de alcohol y la realización de cualquier tipo de fiestas o eventos.

También señala que se prohíbe cualquier tipo de eventos de concentración masiva, públicos o privados, con motivo de la conmemoración de las fiestas patrias; y advierte, que la autoridad intervendrá los espacios públicos o privados para suspender o clausurar cualquier evento o concentración masiva promovidos por particulares.

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