Multan a Lomelí por delitos electorales

Excandidato de Morena a la presidencia municipal de El Marqués fue encontrado culpable por el Tribunal Electoral del Estado

Karen Munguía / Diario de Querétaro

  · lunes 8 de julio de 2024

Foto: Miguel Cruz / Diario de Querétaro

El Tribunal Electoral del estado de Querétaro (TEEQ) sancionó a Jorge Lomelí Noriega con una multa de 54 mil 285 pesos y al partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena) por 130 mil 284 pesos por la entrega de dádivas, en concreto un producto de la canasta básica y de primera necesidad, con fines electorales.

Dicha resolución fue notificada el pasado 5 de julio, como parte del procedimiento especial sancionador TEEQ-PES-89/2024, iniciado por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra del excandidato morenista y el partido.

Grisel Muñiz Rodríguez, presidenta del IEEQ. Foto: Hugo Arciniega / Diario de Querétaro

La resolución refiere que tanto el excandidato como el partido Morena incurrieron en hechos constitutivos de la infracción de entrega de dádivas con fines electorales y culpa in vigilando, atribuidos a Lomelí Noriega y Morena, respectivamente.

Durante el proceso electoral, el Partido Acción Nacional (PAN) en El Marqués documentó que el excandidato morenista, y su partido, llevaron 20 pipas a diferentes puntos del municipio, aún cuando la ley establece que los aspirantes no pueden participar en la entrega o prestación de bienes de primera necesidad como, en este caso, relacionado al abasto de agua potable.

En el caso de Morena, la multa económica impuesta se duplicó pues se acreditó una reincidencia, en mayo de 2021, en la que también hubo entrega de dádivas por una excandidatura y por culpa in vigilando.

La sentencia en contra de Morena y Jorge Lomelí refiere que la infracción fue grave ordinaria dado que se trastocó la libertad del voto, se afectó la equidad en la contienda electoral a través de la entrega de un producto de primera necesidad; la infracción fue de carácter intencional, pues el denunciado decidió entregar pipas de agua a una comunidad durante el marco del periodo de campañas; existió singularidad en la conducta pues se trató de un solo hecho; se obtuvo un beneficio político consistente en la obtención de la simpatía del electorado a través de la entrega de agua, entre otros.

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En el resolutivo, el TEEQ señala que el denunciado “lucró políticamente, de manera indebida, mediante la entrega del agua como un recurso vital, durante un periodo de escasez de dicho líquido, lo que genera una falsa expectativa en la población, quienes pudieron haber votado por el denunciado únicamente con motivo del beneficio inmediato que les fue otorgado que puede, incluso, considerarse como coacción, y no con base en sus propuesta o ideología”.