El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) determinó que, si existió violencia política por razón de género, en contra de la regidora del Ayuntamiento de Cadereyta de Montes, Montserrat Gómez.
El procedimiento ordinario sancionador resuelto por el instituto, acreditó la comisión de conductas atribuidas al Ayuntamiento, el Presidente municipal, secretario del Ayuntamiento, la directora de Obras Públicas Municipales, el director de Desarrollo Social, la tesorera Municipal y el Oficial Mayor de la misma demarcación.
De conformidad con la legislación aplicable, el expediente será turnado a la Entidad Superior de Fiscalización del Estado de Querétaro (ESFE) para que imponga las sanciones que correspondan.
Durante la sesión extraordinaria en modalidad virtual, el Consejo General instruyó a la Secretaría Ejecutiva para que informe la determinación a la Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y al Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ).
Al respecto, el Consejero Electoral Luis Espíndola Morales consideró que en el asunto analizado se observa una obstaculización del ejercicio del cargo público a la regidora denunciante, que impacta en su libre ejercicio de los derechos político-electorales.
La Consejera Electoral Yolanda Elías Calles Cantú afirmó que se dio la violencia política en razón de género de forma sistemática, siguiendo las directrices del “Protocolo para juzgar con perspectiva de género de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”; recordó que es deber de las instituciones coadyuvar a los cambios culturales necesarios para erradicar la violencia contra las mujeres.
La Consejera Electoral Gema Morales Martínez resaltó que es responsabilidad de todas y todos, sobre todo de los entes públicos, contribuir al diálogo democrático respetuoso para erradicar la violencia política en razón de género.
Asimismo, la Consejera Electoral María Pérez Cepeda explicó que la determinación del Instituto analiza los hechos denunciados, los actos y las omisiones de forma integral, así como el contexto en que ocurrieron; además, demuestra la obstaculización en el ejercicio del encargo, la dilación injustificada y la omisión de información en contra de la denunciante.
Finalmente el Consejero Presidente, Gerardo Romero Altamirano, aseguró que la resolución del Instituto se sustenta en el marco jurídico aplicable, siendo uno de los pocos casos de violencia política contra la mujer resueltos en la entidad.