/ viernes 9 de abril de 2021

Sujetos obligados deben cumplir con publicar información

El proceso electoral no impacta en obligaciones de Transparencia

La información pública de oficio que deben contener los portales de internet de los más de 100 sujetos obligados de Querétaro siempre debe estar disponible y actualizada, incluso en periodo electoral, incluyendo la información histórica ya que se trata de un derecho fundamental. De igual forma en la Plataforma Nacional de Transparencia.

La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Querétaro es clara en su artículo 61, en donde se señala la obligación y la periodicidad, indicó la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Querétaro (Infoqro), a consulta de este medio de comunicación.

Específicamente la información pública relativa a los artículos 66 y del 67 al 78 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Querétaro, ya que no constituye propaganda gubernamental.

Es así que la Ley Electoral no contraviene está disposición, por lo que no contar con dicha información actualizada al menos de manera trimestral o desactivar la sección de transparencia de los portales, constituye una infracción a la norma; ello, sin contar que el histórico de la misma debe permanecer.

"Lo anterior está estipulado claramente en el artículo 61 de nuestra Ley Estatal de Transparencia", señaló el órgano garante.

Esto se da derivado de que, al intentar ingresar a algunos portales, se da cuenta que su página de leyendas que indican que la página no estará disponible por cuestiones relacionadas al proceso electoral, bloqueando el acceso a casi todas sus secciones; y otros portales, de plano están desactivados.

La información pública de oficio que deben contener los portales de internet de los más de 100 sujetos obligados de Querétaro siempre debe estar disponible y actualizada, incluso en periodo electoral, incluyendo la información histórica ya que se trata de un derecho fundamental. De igual forma en la Plataforma Nacional de Transparencia.

La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Querétaro es clara en su artículo 61, en donde se señala la obligación y la periodicidad, indicó la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Querétaro (Infoqro), a consulta de este medio de comunicación.

Específicamente la información pública relativa a los artículos 66 y del 67 al 78 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Querétaro, ya que no constituye propaganda gubernamental.

Es así que la Ley Electoral no contraviene está disposición, por lo que no contar con dicha información actualizada al menos de manera trimestral o desactivar la sección de transparencia de los portales, constituye una infracción a la norma; ello, sin contar que el histórico de la misma debe permanecer.

"Lo anterior está estipulado claramente en el artículo 61 de nuestra Ley Estatal de Transparencia", señaló el órgano garante.

Esto se da derivado de que, al intentar ingresar a algunos portales, se da cuenta que su página de leyendas que indican que la página no estará disponible por cuestiones relacionadas al proceso electoral, bloqueando el acceso a casi todas sus secciones; y otros portales, de plano están desactivados.

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