El Tribunal Electoral del Estado de Querétaro ha interpuesto seis amonestaciones públicas contra el director de asuntos jurídicos del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ), Juan Rivera Hernández, por dilación injustificada en las investigaciones en torno a diversas denuncias, informó el magistrado presidente, Martín Silva Vázquez, quien dijo que este tipo de comportamiento no es habitual durante los procesos electorales.
Durante la sesión pública en la que se resolvieron tres impugnaciones interpuestas por el Partido Revolucionario Institucional en el municipio de Querétaro y San Juan del Río; así como del Partido del Trabajo en Corregidora; el Tribunal determinó que el IEEQ había tardado en turnar una resolución, por lo que se decidió amonestar también a su director ejecutivo, José Eugenio Plascencia Zarazúa en una ocasión.
“La dilación injustificada es cuando se presentan ciertos periodos donde no existe ninguna actuación dentro del expediente, entendiendo que la naturaleza del procedimiento especial sancionador es expedita, es un procedimiento cuya expectativa es que se resuelva lo más pronto posible, entre 12 y 18 días como un periodo máximo, pero tenemos asuntos que tienen 62 días sin resolver”, apuntó en entrevista el magistrado.
Explicó que con estas nuevas sanciones, suman seis los casos que se han determinado en el TEEQ, algo que no es habitual durante los procesos electorales, por lo que se acordó la amonestación pública para los funcionarios y dar vista a la Contraloría Interna del IEEQ para que analice la imposición de una multa o alguna otra sanción.
“Eventualmente podrían pasar a otra consideración, pero por ahora el Tribunal ha considerado de manera colegiada que es suficiente esta sanción”, afirmó Silva Vázquez.
HUBO DIFERENCIA DE CRITERIOS ENTRE TEEQ Y SALA MONTERREY
Al respecto de la sentencia dictada por la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que declaró nula la elección en el municipio de Querétaro y Huimilpan, Martín Silva Vázquez consideró que en el análisis de ambos casos, se tuvo una diferencia de criterios entre ambas dependencias, toda vez que se puso énfasis en diferentes pruebas.
“En cualquier resolución la naturaleza de las mismas que existe una sistema un órgano resolutor y otro órgano que revisa esas resoluciones y al TEEQ le revisa la Sala Monterrey, por tanto es posible que exista una diferencia de criterios en el derecho esto es válido, entendible y razonable”, agregó.
Por último, el magistrado presidente del Tribunal Electoral del Estado de Querétaro, mencionó que actualmente este órgano está estudiando la impugnación que se presentó al respecto del audio en el que presuntamente se escucha al presidente municipal de Querétaro, Enrique Correa Sada, incitando al voto cuando se desempeñaba como alcalde interino.
“Lo único que les puedo decir es que lo estamos estudiando, es una denuncia de un procedimiento especial sancionador, la impugnación fue turnada al Tribunal Electoral el día de ayer (miércoles), por tanto a partir de ahí le corren los tiempos al tribunal para su correspondiente estudio”, concluyó.