A través de la página de Facebook del presidente municipal de Querétaro, Felipe Fernando Macías Olvera, se compartió un extracto de la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ).
En dicho documento, se informa sobre la sanción impuesta al alcalde por el Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ), debido al uso de imágenes y videos de menores de edad en su propaganda política durante la campaña electoral.
El documento oficial, identificado como Procedimiento Especial Sancionador TEEQ-PES-114/2024 y TEEQ-PES-216/2024, menciona que la resolución se dictó el siete de noviembre de 2024.
En ella, se señala que la propaganda de Macías Olvera incluyó imágenes de 36 niñas, un bebé, 59 niños y 46 adolescentes en diversas redes sociales, como Facebook, Instagram, X (anteriormente Twitter) y TikTok, sin cumplir con los requisitos de protección al interés superior de la niñez.
El tribunal determinó que la utilización de dichas imágenes vulneró los derechos de los menores y no respetó la jurisprudencia 5/2017, que establece lineamientos específicos para el uso de menores en material político.
De acuerdo con la sentencia, Macías Olvera no presentó los documentos necesarios para cumplir con estos requisitos, y tampoco se realizó la difuminación o protección de las identidades de los menores, lo cual constituye una infracción a lo establecido en el artículo 104 de la Ley Electoral.
Además de la sanción impuesta al ahora alcalde, la sentencia también afecta a los partidos políticos que lo postularon: Acción Nacional, de la Revolución Democrática y Revolucionario Institucional.
Estos partidos también serán responsables de la sanción económica, que busca reparar el daño causado por la exposición indebida de menores en la propaganda de campaña.
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Aunque el extracto de la sentencia no especifica el monto de la sanción económica, la medida incluye una solicitud a los partidos y al excandidato, ahora edil, para que eviten la exposición de niñas, niños y adolescentes en futuros materiales de campaña.