/ lunes 7 de noviembre de 2022

Toda la pirotecnia necesita permiso

El manejo de los fuegos artificiales está regulado totalmente por la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos

Para comprar, almacenar, vender o consumir cualquier tipo de artificio pirotécnico se debe contar con autorización de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), y el permiso de Protección Civil para su uso y quema.

Así lo señaló el director de la Coordinación de Protección Civil Municipal de Querétaro, Francisco Ramírez Santana, quien con antelación se mostró a favor de que se reduzca el uso de pirotecnia, para evitar daños al medio ambiente y riesgos para la población.

Explicó que tanto la pirotecnia que se usa en fiestas patronales, los eventos oficiales como la celebración del 15 de Septiembre, y aquella que se vende en espacios públicos, deben contar con los permisos de Sedena y unidades de protección civil.

El director refirió que el manejo de los artificios pirotécnicos está regulado totalmente por la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, y en ella están considerados todos los materiales que se utilizan para las diferentes actividades.

A final de cuentas – dijo- los que se comercializan de manera clandestina en la vía pública, el que se queman en las festividades patronales o en las festividades del gobierno, son artificios pirotécnicos y todos son hechos con los mismos materiales o similares.

“La diferencia es el uso y el manejo, el almacenamiento de los mismos que de manera clandestina no cuentan con las medidas mínimas de seguridad para proteger no nada más a la población, también para proteger a los propios fabricantes, operadores de esta pirotecnia”, explicó.

Lo que no está permitido por la ley, puntualizó el director, es no contar con los permisos de la Sedena y los permisos de la Coordinación Municipal de Protección Civil.

Puntualizó que la Sedena, tienen que dar permisos para el uso, almacenamiento, la construcción, la elaboración y la compra del artificio pirotécnico, como lo establece la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

Mientras que a Protección Civil les corresponde verificar que se cuente con el permiso de la Sedena, y verificar que se cuenten con las medidas de seguridad para el uso y quema de la pirotecnia, como extintores, capacitación, ambulancias, bomberos y demás.

Para comprar, almacenar, vender o consumir cualquier tipo de artificio pirotécnico se debe contar con autorización de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), y el permiso de Protección Civil para su uso y quema.

Así lo señaló el director de la Coordinación de Protección Civil Municipal de Querétaro, Francisco Ramírez Santana, quien con antelación se mostró a favor de que se reduzca el uso de pirotecnia, para evitar daños al medio ambiente y riesgos para la población.

Explicó que tanto la pirotecnia que se usa en fiestas patronales, los eventos oficiales como la celebración del 15 de Septiembre, y aquella que se vende en espacios públicos, deben contar con los permisos de Sedena y unidades de protección civil.

El director refirió que el manejo de los artificios pirotécnicos está regulado totalmente por la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, y en ella están considerados todos los materiales que se utilizan para las diferentes actividades.

A final de cuentas – dijo- los que se comercializan de manera clandestina en la vía pública, el que se queman en las festividades patronales o en las festividades del gobierno, son artificios pirotécnicos y todos son hechos con los mismos materiales o similares.

“La diferencia es el uso y el manejo, el almacenamiento de los mismos que de manera clandestina no cuentan con las medidas mínimas de seguridad para proteger no nada más a la población, también para proteger a los propios fabricantes, operadores de esta pirotecnia”, explicó.

Lo que no está permitido por la ley, puntualizó el director, es no contar con los permisos de la Sedena y los permisos de la Coordinación Municipal de Protección Civil.

Puntualizó que la Sedena, tienen que dar permisos para el uso, almacenamiento, la construcción, la elaboración y la compra del artificio pirotécnico, como lo establece la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

Mientras que a Protección Civil les corresponde verificar que se cuente con el permiso de la Sedena, y verificar que se cuenten con las medidas de seguridad para el uso y quema de la pirotecnia, como extintores, capacitación, ambulancias, bomberos y demás.

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