/ viernes 31 de agosto de 2018

Valora Pablo González denuncia por daño moral

El dirigente de la Unidad Cívica Felipe Carrillo Puerto, Pablo González Loyola valorará la posibilidad de interponer una denuncia por daño moral, esto ante las acusaciones de motín que recibió por los hechos del pasado 1 de mayo de 2016, por el cual se giró una orden de aprehensión en su contra.

En rueda de prensa explicó que el Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa del 22 circuito, emitió una sentencia sobre dicho caso en el que se declaró insubsistente la orden de aprehensión, al no comprobarse el delito de motín en el desfile del 1 de mayo de 2016, que llevó a la cancelación del acto.

“El tribunal colegiado ha emitido una sentencia del conocido caso de los hechos por los cuales la Fiscalía General del Estado ejerce acción contra unas personas por presunto delito de motín, por los hechos del día 1 de mayo de 2016, en el lamentable incidente en el que fuimos señaladas varias personas como posibles responsables en supuesto agravio de la seguridad interior del estado”, afirmó González Loyola.

Dijo que la sentencia comprobó que para configurarse el delito de motín o perturbación del orden público, previsto por el artículo 248 del Código Penal para el Estado de Querétaro, se debe demostrar que con la conducta de los sujetos activos, se amenaza la estructura jurídica o material del estado, o su organización política mediante el empleo de la violencia en las personas; es por ello que la sentencia consideró que no se concreta dicho delito.

A este respecto, González Loyola apuntó que lo único que su organización pretendía ese día era ejercer su derecho de petición a las autoridades, a través de la entrega de un pliego petitorio que en otras administraciones ya habían llevado a cabo, además de que las conductas que se les imputaron sobre insultos y lanzamiento de objetos a la autoridad tampoco pudo comprobarse.

“Es sentencia definitiva, si en otra ocasión la fiscalía procedió a apelar una resolución de una ejecutoria, ya no es posible, por el momento no queda ninguno, si la autoridad hablaba de varios supuestos responsables en una supuesta lista negra de posibles participantes en estas actividades, son anticonstitucionales y violatorias de las libertades, desde luego ninguno de nosotros acepta verter insultos a la autoridad, nos conducimos con respeto y lanzar cualquier objeto tampoco, sostengo que fue un acto de provocación”, finalizó.

El dirigente de la Unidad Cívica Felipe Carrillo Puerto, Pablo González Loyola valorará la posibilidad de interponer una denuncia por daño moral, esto ante las acusaciones de motín que recibió por los hechos del pasado 1 de mayo de 2016, por el cual se giró una orden de aprehensión en su contra.

En rueda de prensa explicó que el Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa del 22 circuito, emitió una sentencia sobre dicho caso en el que se declaró insubsistente la orden de aprehensión, al no comprobarse el delito de motín en el desfile del 1 de mayo de 2016, que llevó a la cancelación del acto.

“El tribunal colegiado ha emitido una sentencia del conocido caso de los hechos por los cuales la Fiscalía General del Estado ejerce acción contra unas personas por presunto delito de motín, por los hechos del día 1 de mayo de 2016, en el lamentable incidente en el que fuimos señaladas varias personas como posibles responsables en supuesto agravio de la seguridad interior del estado”, afirmó González Loyola.

Dijo que la sentencia comprobó que para configurarse el delito de motín o perturbación del orden público, previsto por el artículo 248 del Código Penal para el Estado de Querétaro, se debe demostrar que con la conducta de los sujetos activos, se amenaza la estructura jurídica o material del estado, o su organización política mediante el empleo de la violencia en las personas; es por ello que la sentencia consideró que no se concreta dicho delito.

A este respecto, González Loyola apuntó que lo único que su organización pretendía ese día era ejercer su derecho de petición a las autoridades, a través de la entrega de un pliego petitorio que en otras administraciones ya habían llevado a cabo, además de que las conductas que se les imputaron sobre insultos y lanzamiento de objetos a la autoridad tampoco pudo comprobarse.

“Es sentencia definitiva, si en otra ocasión la fiscalía procedió a apelar una resolución de una ejecutoria, ya no es posible, por el momento no queda ninguno, si la autoridad hablaba de varios supuestos responsables en una supuesta lista negra de posibles participantes en estas actividades, son anticonstitucionales y violatorias de las libertades, desde luego ninguno de nosotros acepta verter insultos a la autoridad, nos conducimos con respeto y lanzar cualquier objeto tampoco, sostengo que fue un acto de provocación”, finalizó.

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