Tras considerar que las actividades del presidente Andrés Manuel López Obrador son esenciales, en el contexto de la pandemia por Covid-19, un juez federal rechazó suspender el trabajo y giras del mandatario por la República como se pidió en una demanda de amparo.
De esta forma, el juzgador federal desechó el juicio que acusaba a López Obrador de ser omiso al continuar con sus recorridos por el territorio nacional y no acatar el acuerdo por el que se establecen las acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el Covid-19.
"Al ser el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos en quien se deposita el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión, en términos del artículo 80 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que cuenta con las facultades y obligaciones que establece el numeral 89 del citado ordenamiento, deberá ser su voluntad el presentarse a laborar, o bien, el resguardo domiciliario.
"Por tanto, la parte quejosa carece de interés para reclamar las omisiones que aduce, toda vez que las hace desprender del cumplimiento al citado acuerdo, sin que, se insiste, exista obligación directa del Presidente de la República de suspender sus actividades en el país en relación con el acuerdo señalado", indica el resolutivo.
Incluso, el juez Moisés García expuso que la tramitación del juicio de garantías implicaría contravenir la división de poderes, pues sería el Poder Judicial quien, como consecuencia del juicio de amparo, intervenga sobre decisiones que atañen a una potestad soberana.
Fue el 1 de junio cuando, dentro de la "nueva normalidad" y a pesar de que el semáforo de riesgo por el Covid-19 se encontraba en rojo en todo el país, el presidente López Obrador retomó sus giras de trabajo y viajó, por tierra, a Cancún, Quintana Roo, para dar el banderazo de inicio del Tren Maya.
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