/ miércoles 22 de marzo de 2023

¿Debes pensión alimentaria? Ya no podrás tramitar licencia ni pasaporte

Senado aprueba el registro de obligaciones alimentarias que hará público los nombres de deudores

Por unanimidad de 84 votos el Pleno del Senado Aprobó crear el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, que entre otras cosas hará públicos los nombres de los deudores morosos, establece que no podrán salir del país, sacar licencia de conducir o hacer trámites si deben pensión de sus hijos, la resolución se turnará al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Los senadores hicieron reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para crear así el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias que presione a los tutores a cumplir con la pensión de sus hijos abandonados, esto, a partir de una deuda de 90 días.

Te podría interesar: Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias: cuáles serán las sanciones para morosos

Luego de varios años de permanecer congelada la minuta, el dictamen llegó al Senado de la República en abril 2019, tras ser aprobado en la Cámara de Diputados, y la Comisión de Justicia de la Cámara Alta resolvió finalmente pasarla al Pleno para discusión y posible aprobación.

Con la votación unánime, se creará el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, con el objeto de concentrar la información de deudores y acreedores de obligaciones alimentarias, a fin de dotar de una efectiva protección y restitución de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

Entre las obligaciones estará que las autoridades de los tres órdenes de gobierno dispondrán lo necesario a fin de establecer como requisito la presentación de certificado de no inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias para procedimientos y tramitaciones.

Entre otros cosas, se negará a los deudores la obtención de licencias y permisos para conducir, pasaporte o documento de identidad y viaje; para participar como candidatos a cargos concejiles y de elección popular, así como participar en procesos de selección para asumir el cargo de juez o magistrado en el ámbito local y federal.

También, en los trámites realizados ante notario público relativos a la compraventa de inmuebles y la constitución o transmisión de derechos reales, así como para solicitudes de matrimonio en donde el juez deberá hacer del conocimiento de los contrayentes si alguno se encuentra en el Registro y la situación que guarda respecto a sus obligaciones, así también habrá restricciones migratorias.

Esto, con el objetivo de impedir que las personas inscritas en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias puedan salir del país cuando sean deudoras morosas o existan medios de prueba que le permitan a la persona juzgadora determinar la existencia de un riesgo importante de que la salida del país sea utilizada como un medio de evasión de pago.

Esta ley garantizará los derechos de niñas, niños y adolescentes en materia de pensión alimenticia, y por tanto, ello incide en ámbitos como la salud, educación, recreación y formación.

El dictamen menciona que por primera vez en la historia, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la prohibición para que los deudores alimentarios morosos puedan postularse a cargos de elección popular en el estado de Yucatán, mejor conocida como "Ley Sabina”, restricción la cual determinó la Corte que "no es absoluta", sino que "su actualización está condicionada a que el deudor alimentario moroso cancele la deuda".

El dictamen en cuestión, propone un cambio normativo y sustancial, teniendo como último y primordial interés, el de proteger y garantizar el derecho a los alimentos de un grupo estratégico de la población, como es el infantil y juvenil.

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“En atención a su peculiar característica y naturaleza propia, lo que es conforme con las obligaciones y compromisos internacionales que ha asumido el Estado Mexicano, en materia de protección de las niñas, niños y adolescentes”.



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Por unanimidad de 84 votos el Pleno del Senado Aprobó crear el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, que entre otras cosas hará públicos los nombres de los deudores morosos, establece que no podrán salir del país, sacar licencia de conducir o hacer trámites si deben pensión de sus hijos, la resolución se turnará al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Los senadores hicieron reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para crear así el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias que presione a los tutores a cumplir con la pensión de sus hijos abandonados, esto, a partir de una deuda de 90 días.

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Luego de varios años de permanecer congelada la minuta, el dictamen llegó al Senado de la República en abril 2019, tras ser aprobado en la Cámara de Diputados, y la Comisión de Justicia de la Cámara Alta resolvió finalmente pasarla al Pleno para discusión y posible aprobación.

Con la votación unánime, se creará el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, con el objeto de concentrar la información de deudores y acreedores de obligaciones alimentarias, a fin de dotar de una efectiva protección y restitución de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

Entre las obligaciones estará que las autoridades de los tres órdenes de gobierno dispondrán lo necesario a fin de establecer como requisito la presentación de certificado de no inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias para procedimientos y tramitaciones.

Entre otros cosas, se negará a los deudores la obtención de licencias y permisos para conducir, pasaporte o documento de identidad y viaje; para participar como candidatos a cargos concejiles y de elección popular, así como participar en procesos de selección para asumir el cargo de juez o magistrado en el ámbito local y federal.

También, en los trámites realizados ante notario público relativos a la compraventa de inmuebles y la constitución o transmisión de derechos reales, así como para solicitudes de matrimonio en donde el juez deberá hacer del conocimiento de los contrayentes si alguno se encuentra en el Registro y la situación que guarda respecto a sus obligaciones, así también habrá restricciones migratorias.

Esto, con el objetivo de impedir que las personas inscritas en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias puedan salir del país cuando sean deudoras morosas o existan medios de prueba que le permitan a la persona juzgadora determinar la existencia de un riesgo importante de que la salida del país sea utilizada como un medio de evasión de pago.

Esta ley garantizará los derechos de niñas, niños y adolescentes en materia de pensión alimenticia, y por tanto, ello incide en ámbitos como la salud, educación, recreación y formación.

El dictamen menciona que por primera vez en la historia, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la prohibición para que los deudores alimentarios morosos puedan postularse a cargos de elección popular en el estado de Yucatán, mejor conocida como "Ley Sabina”, restricción la cual determinó la Corte que "no es absoluta", sino que "su actualización está condicionada a que el deudor alimentario moroso cancele la deuda".

El dictamen en cuestión, propone un cambio normativo y sustancial, teniendo como último y primordial interés, el de proteger y garantizar el derecho a los alimentos de un grupo estratégico de la población, como es el infantil y juvenil.

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