/ miércoles 4 de julio de 2018

Suprema Corte permite a tres personas importar semillas de marihuana

Los quejosos calificaron de violación al "libre desarrollo de la personalidad" no poder fumar marihuana

La Suprema Corte concedió hoy un amparo para comprar o importar semilla de marihuana en beneficio de tres ciudadanos que ya tienen autorización legal para el uso lúdico de la droga, informó el máximo tribunal.

El caso llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) luego de que la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios (Cofepris) negó a los tres quejosos el permiso para comprar e importar semilla de marihuana, lo que calificaron de violación al "libre desarrollo de la personalidad".

El amparo que les concedió previamente la justicia mexicana para el consumo de marihuana con fines lúdicos les permitían sembrar, cultivar, cosechar, preparar y transportar, pero no adquirir o importar la semilla, por lo que recurrieron a la SCJN, indicó la institución en un boletín.

Foto: Cuartoscuro

La Segunda Sala de la Corte modificó los efectos del amparo para incluir entre ellos la posibilidad de importar semillas de marihuana o comprarlas de sujetos que cuentan con permisos de la Cofepris.

En su resolución, la Corte subrayó que todos los aspectos relativos a la regulación de la marihuana y sus derivados deben ser atendidos mediante el diseño de una política integral a cargo del Poder Legislativo.

En 2015, la SCJN declaró inconstitucional la prohibición absoluta del uso recreativo de la hierba recogida en la Ley General de Salud, al otorgar un primer amparo a favor de cuatro personas.

En abril de 2018, la Corte otorgó el segundo amparo y en junio pasado concedió el tercero de los cinco que se requieren para crear jurisprudencia y fijar un criterio legal que permitiría legislar sobre el consumo de marihuana con fines lúdicos en el país.

Imagen ilustrativa / Foto: AFP

La Suprema Corte concedió hoy un amparo para comprar o importar semilla de marihuana en beneficio de tres ciudadanos que ya tienen autorización legal para el uso lúdico de la droga, informó el máximo tribunal.

El caso llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) luego de que la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios (Cofepris) negó a los tres quejosos el permiso para comprar e importar semilla de marihuana, lo que calificaron de violación al "libre desarrollo de la personalidad".

El amparo que les concedió previamente la justicia mexicana para el consumo de marihuana con fines lúdicos les permitían sembrar, cultivar, cosechar, preparar y transportar, pero no adquirir o importar la semilla, por lo que recurrieron a la SCJN, indicó la institución en un boletín.

Foto: Cuartoscuro

La Segunda Sala de la Corte modificó los efectos del amparo para incluir entre ellos la posibilidad de importar semillas de marihuana o comprarlas de sujetos que cuentan con permisos de la Cofepris.

En su resolución, la Corte subrayó que todos los aspectos relativos a la regulación de la marihuana y sus derivados deben ser atendidos mediante el diseño de una política integral a cargo del Poder Legislativo.

En 2015, la SCJN declaró inconstitucional la prohibición absoluta del uso recreativo de la hierba recogida en la Ley General de Salud, al otorgar un primer amparo a favor de cuatro personas.

En abril de 2018, la Corte otorgó el segundo amparo y en junio pasado concedió el tercero de los cinco que se requieren para crear jurisprudencia y fijar un criterio legal que permitiría legislar sobre el consumo de marihuana con fines lúdicos en el país.

Imagen ilustrativa / Foto: AFP

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